El 28 de agosto de ese año la jueza federal hizo lugar a la medida cautelar y en un segundo fallo (el 9 de noviembre) hizo lugar a la admisión formal del proceso colectivo, para que la obra social de los petroleros afilie a todos los adherentes al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (monotributistas y monotributistas sociales) que la elijan como obra social.
"En nuestro supuesto, tenemos un colectivo involucrado configurado por los adherentes al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes que pretendan elegir como obra social a la Obra Social de Petroleros Privados", expresó la jueza en el fallo.
"Constituye una causa fáctica única y homogénea el trato discriminatorio recibido por todos los pequeños contribuyentes". Carolina Pandolfi. Jueza federal
Discriminación"Era absolutamente claro que la obra social tenía una postura discriminatoria y contraria a la ley al negarle la afiliación", explicó Matkovich a Radio y Televisión del Neuquén.
Dijo que muchas veces las obras sociales "los embarcan en cuestiones burocráticas pidiéndoles muchos papeles, pero Stella Maris los había presentado todos".
La obra social se había negado a incorporarla como afiliada por el exiguo aporte que hacen los monotributistas. "El sistema de obras sociales es solidario; eso fue lo que abrió el amparo", explicó el funcionario, y resaltó que no es que la obra social rechazó afiliar a esa mujer, sino que aclaró que no lo haría con ningún monotributista.
"Es importante que se dé a conocer este fallo porque muchas veces las personas van, se les niega la afiliación y terminan concurriendo a otras obras sociales porque tienen urgencia de cobertura social para ellos y su familia", indicó Matkovic.
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