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AFIP facilita el acceso a crédito a empresas con deudas de seguridad social

Derogó un procedimiento establecido por una ley de 1958 que impedía a una firma con mora en el pago de cargas sociales acceder al financiamiento bancario.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) derogó una resolución que le impedía a las empresas acceder a créditos bancarios si reportaban una deuda de seguridad social. Así lo anunció el organismo al derogar así una resolución del año 1958, dispuesto la Ley 14.499.

Esta resolución, que finalmente fue derogada, imponía ciertas cargas burocráticas para que las entidades financieras puedan dar financiamiento a los empleadores.

“En el contexto de las medidas implementadas por la AFIP para simplificar y agilizar trámites a cargo de los contribuyentes, se ha promulgado la Resolución General N° 5506 con el propósito de facilitar el acceso al crédito en instituciones financieras para todos los empleadores”, informó el organismo.

La AFIP señaló que “esta medida deroga la Resolución General de AFIP N° 4128/2017, eliminando así un procedimiento burocrático al que los empleadores debían someterse para acceder a líneas de crédito”.

Fachada de la Administración Federal de Ingresos Públicos AFIP 1200x678.png

La fachada del edificio principal de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).

“Así, la AFIP dispuso la eliminación de un antiguo régimen que había sido dispuesto por la Ley 14.499 del año 1958, que obstaculizaba el procedimiento”, añade la nota.

Qué dice el comunicado de AFIP

El comunicado indica que “el régimen derogado disponía que, si existía una deuda de seguridad social, la entidad financiera debía notificar el incumplimiento al solicitante del préstamo”.

Además, se señala que “si se trataba de una entidad financiera pública, debía constatarse que el solicitante no se encontrara incluido en el Registro Público de Empleadores con Sanciones Laborales (REPSAL)”.

“Esas trabas impedían el otorgamiento de un crédito bancario si no se cancelaba la deuda por aportes y contribuciones con destino a la seguridad social, debiendo el contribuyente subsanar previamente la situación ante la AFIP”, añade la nota.

La medida que se enmarca en lo dispuesto por el artículo 39 del DNU N° 70 “Bases para la Reconstrucción de la Economía Argentina” por medio del cual se deroga la Ley 14.499, con el objetivo, entre otros, de revertir la situación de estancamiento de nuestro país resultando imperiosa la eliminación de numerosas regulaciones que ahogan a las fuerzas productivas.

El planteo de la medida

La AFIP plantea que “resulta fundamental para el gobierno nacional facilitar la operatoria económica eliminando los obstáculos que han introducido diversas leyes en el libre funcionamiento de los mercados”.

La medida se adopta en un contexto de fuerte baja de tasas de interés, estabilidad del dólar y caída de la inflación. Analistas creen que ante el desplome de la tasa los bancos van a salir a ofrecer más préstamos a sus clientes.

De hecho, esta semana se conocieron anuncios de bancos oficiales como el Nación, que ofreció una mejora de acceso al ceditos para sus clientes particulares, mientras que el Banco Ciudad y el Banco Hipotecarios anunciaron préstamos hipotecarios.

Con esta resolución, la AFIP dando señales a los bancos para que también empiecen a dar crédito a las pymes, facilitando el acceso al financiamiento a sujetos económicos que generalmente tienen problemas de deudas de tipo fiscal o de seguridad social que ponen trabas.

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