{# #} {# #}
El organismo de seguridad social informó cuáles serán las fechas de pago y aclaró cuáles son los grupos que no serán alcanzados por este aporte extra.
El último mes del año llega con el pago del aguinaldo, que se acredita junto con los haberes del mes y representa un refuerzo significativo tanto para los trabajadores en actividad, como para los jubilados y pensionados que reciben sus haberes a través de la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES) por formar parte del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA).
Si bien se trata de un aporte esperado, el organismo dependiente del Ministerio de Capital Humano aclaró que no todos los beneficiarios del sistema previsional están alcanzados por este adicional. Si bien el Sueldo Anual Complementario (SAC) es un derecho para jubilados, pensionados, existen que no percibirán este pago extra.
El organismo de seguridad social precisó también cuáles son los grupos que quedarán excluidos del pago del aguinaldo el último mes del año. En esa lista se encuentran las siguientes personas:
Los beneficiarios de estas prestaciones no reciben el Sueldo Anual Complementario debido a que no se consideran haberes previsionales, sino que se trata de asistencias económicas o asignaciones familiares. Es por esto que quedan al margen de la normativa que dispone el pago de este aporte, que se efectúa dos veces al año.
Por el contrario, los grupos que están habilitados a cobrar el SAC son los siguientes:
En estos casos, el monto correspondiente al aguinaldo se depositará en simultáneo con los haberes de diciembre, sin necesidad de hacer ningún tipo de trámite extra.
El Sueldo Anual Complementario se divide en dos pagos: uno en junio y otro en diciembre. Para el cálculo se toma en consideración la mitad de la mejor remuneración en todo concepto del semestre. De esta forma, este “medio aguinaldo” corresponde al 50% de la mayor remuneración mensual que el trabajador cobró en cada uno de los semestres.
En el caso de los jubilados, el haber de diciembre suele ser el más alto del período debido a la actualización por movilidad. Es por esto que el aguinaldo también suele coincidir con la mitad de ese monto. A modo de ejemplo, si la persona recibe un haber bruto de $500.000, su aguinaldo será de $250.000.
En cuanto a las personas que todavía están en actividad, el dato relevante es que no es imprescindible trabajar todo un semestre para cobrar este SAC, sino que "se trata de un derecho del/ la trabajador/a percibirlo desde que comienza a trabajar en relación de dependencia".