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Aguinaldo proporcional de junio 2026: ¿cómo lo calculo si renuncié o me despidieron?

Si un empleado trabajó al menos un mes durante el semestre, tiene derecho a percibir una parte del Sueldo Anual Complementario (SAC) o aguinaldo. Cómo calcularlo para junio 2026.

Con el mes de junio llega uno de los momentos más esperados por los trabajadores en relación de dependencia: el pago del Sueldo Anual Complementario (SAC), conocido popularmente como el aguinaldo. Sin embargo, este beneficio no solo alcanza a los empleados que tengan empleo en la actualidad. Aquellos que fueron despedidos o hayan renunciado tienen derecho a percibir un proporcional. Cómo calcular el aguinaldo de junio 2026.

El aguinaldo funciona como un salario “extra”. Este derecho está regulado por la Ley de Contrato de Trabajo, que establece no solo la obligatoriedad de su pago, sino también la forma en que debe calcularse.

Cómo se calcula el proporcional del aguinaldo de junio 2026

La legislación actual precisa que el SAC equivale al 50% del mejor salario percibido en el primer semestre del año, en este caso entre enero y junio 2026. Y para aquellos que no hayan completado el semestre, ya sea por despido o renuncia, también tienen derecho a percibir un proporcional.

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El aguinaldo de junio equivale al 50% del mejor sueldo cobrado en el primer semestre del año.

Según el artículo 123 de la Ley de Contrato de Trabajo, en estos casos se podrá “percibir la parte del sueldo anual complementario que se establecerá como la doceava parte de las remuneraciones devengadas en la fracción del semestre trabajado hasta el momento de dejar el servicio”. En decir, se toma el sueldo mensual más alto, se lo divide por 12 y se lo multiplica por la cantidad de meses trabajados.

Por ejemplo, si se trabajaron solo cuatro meses y el salario más alto fue de $1.200.000, el cálculo sería el siguiente: (1.200.000 ÷ 12) × 4 = $400.000. Por lo tanto, $400.000 sería el aguinaldo proporcional a recibir. Si se trabajó al menos un mes durante el semestre, es obligación del empleador pagarlo junto con tu liquidación final al momento de dejar el puesto laboral.

Qué conceptos se incluyen en el cálculo del aguinaldo y cuáles quedan excluidos

Entre los componentes que se contemplan dentro del Sueldo Complementario se encuentran:

  • Sueldo básico
  • Antigüedad
  • Presentismo
  • Comisiones habituales
  • Horas extra regulares
  • Adicionales remunerativos propios del convenio

En tanto, los componentes que no forman parte del cálculo del aguinaldo son los siguientes:

  • Bonos no remunerativos
  • Premios extraordinarios
  • Viáticos no remunerativos
  • Asignaciones familiares
  • Gratificaciones excepcionales
  • Cualquier suma que figure como “no remunerativa”
aguinaldo

Los trabajadores que cumplieron funciones al menos un mes tienen derecho a recibir un proporcional del aguinaldo.

Además, estas licencias no se incluyen en el pago del aguinaldo:

  • Licencias sin goce de sueldo
  • Licencia por maternidad
  • Período de reserva del puesto de trabajo por enfermedad inculpable
  • Período de excedencia
  • Período de reserva del puesto de trabajo para quienes ocupen cargos gremiales electivos
  • Suspensiones por sanciones disciplinarias
  • Suspensiones por fuerza mayor
  • Licencia por incapacidad laboral temporaria, parcial provisoria, y total provisoria

Qué trabajadores recibirán aguinaldo y cuáles no

Los trabajadores que están habilitados para recibir el aguinaldo de junio son:

  • Trabajadores en relación de dependencia (sector público o privado)
  • Jubilados y pensionados del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA)

En cambio, no recibirán ningún pago extra estos grupos:

  • Monotributistas.
  • Trabajadores informales o no registrados.
  • Profesionales independientes que cobran honorarios (abogados, arquitectos, contadores, ingenieros, etc).
  • Beneficiarios de planes sociales como la Asignación Universal por Hijo (AUH), Asignación por Embarazo (AUE), planes de desempleo y becas Progresar.
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El aguinaldo está regulado por la Ley de Contrato de Trabajo.

Cuándo se paga el aguinaldo de mitad de año 2026

De acuerdo al marco legal vigente, los trabajadores en relación de dependencia deben cobrar el medio aguinaldo de mitad de año antes del 30 de junio. Muchas empresas y empleadores adelantan el pago durante la semana del 23 de junio para facilitar la gestión administrativa. Sin embargo, la normativa contempla una tolerancia de hasta cuatro días hábiles, lo cual permite extender el depósito efectivo hasta los primeros días de julio sin incurrir en infracciones.

En el caso de los jubilados y pensionados de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), el cobro del Sueldo Anual Complementario ocurre de forma simultánea con el haber correspondiente al mes. El cronograma oficial se rige, como es habitual, por el último número del Documento Nacional de Identidad del titular.

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