El organismo reemplazó la reglamentación vigente desde 2019 y fijó un nuevo tope para las compras internacionales. Todas las modificaciones.
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) informó que a partir de este jueves comenzaron a regir los cambios en el sistema de compras en el exterior, que impactarán directamente en quienes reciben productos enviados desde otros países.
Así que lo publicó el organismo en el Boletín Oficial, mediante la Resolución General 5884/2026, que sustituye a la Resolución General 4447/2026 y establece un nuevo procedimiento para la recepción de envíos postales internacionales, incluida la modalidad puerta a puerta.
La norma, firmada por el director ejecutivo Andrés Edgardo Vázquez, alcanza a los envíos de mercaderías provenientes del exterior y estableció un nuevo tope de dinero para las operaciones.
De acuerdo a la información publicada por el Gobierno Nacional, los envíos podrán entregarse bajo la modalidad puerta a puerta y quedarán exceptuados de una serie de intervenciones que detalla el Anexo II de la resolución.
Es así que el nuevo tope fijado por ARCA tiene un valor de hasta 3.000 dólares, siempre que se trate de bienes para uso o consumo personal, integrados por hasta tres unidades de la misma especie y sin finalidad comercial presunta.
El Anexo I de la resolución distingue dos circuitos según el tipo de compra:
Si la validación no fue realizada previamente a través de la plataforma de venta, el destinatario tendrá 24 horas para validar o rectificar la declaración antes de que el operador postal quede autorizado a presentarla en su representación.
En ambos casos, si el envío supera el valor o el cupo previsto en la reglamentación, el operador postal deberá declarar la posición arancelaria de la mercadería ante el servicio aduanero, que quedará sujeta al pago de la totalidad de los tributos que gravan la importación para consumo bajo el régimen general.
La resolución también regula la verificación selectiva de mercadería según criterios de riesgo, la representación del destinatario por parte del operador postal durante los controles físicos -salvo que el usuario opte por intervenir personalmente- y el procedimiento de devolución al país de origen cuando la mercadería no resulte apta para ingresar por este régimen.
En ese último caso, el destinatario dispone de 15 días corridos para manifestar si opta por importar el envío a través del régimen general o solicitar su devolución; de no expedirse, el envío será puesto a disposición del operador postal para su reenvío al exterior.
La resolución también permite el ingreso de medicamentos destinados al uso personal o familiar, siempre que cuenten con la autorización de ANMAT cuando sea requerida.
Además, establece un procedimiento para los casos en que el destinatario desconozca el contenido del envío. La medida entra en vigencia desde su publicación en el Boletín Oficial y su aplicación se realizará de manera gradual, según el cronograma que ARCA difundirá en el micrositio "Envíos internacionales" de su página web.