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ARCA devuelve saldo de Impuesto PAIS a empresas importadoras

El organismo recaudador les va a generar un crédito fiscal para que lo apliquen al pago de aranceles de nuevas compras del exterior.

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) puso en marcha un mecanismo para compensar los saldos a favor del ya concluido Impuesto PAIS que le quedaron a empresas importadoras.

Es de recordar que formalmente el tributo concluyó el 24 de diciembre de 2024, pero un mes antes ARCA desactivó un par de resoluciones generales que establecían que las empresas tenían que anticipar el 95% del tributo.

A pesar de ello, hubo un importante número de importadores se quedaron con saldos a favor debido a que al momento de tratar de comprar dólares en el mercado oficial, el Banco Central le denegó el acceso.

ARCA entonces pondrá en marcha un mecanismo de créditos fiscales que se podrán aplicar al pago de aranceles de importaciones.

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A continuación, las 7 claves del nuevo régimen, según explicó el tributarista Sebastián Domínguez

¿A quiénes alcanza?

El régimen de devolución alcanza a importadores que realizaron pagos a cuenta del Impuesto PAIS conforme a la Resolución General 5393, por operaciones de importación incluidas en los decretos 433/2023, 14/2024 y 777/2024, pero que no pudieron computarlos, total o parcialmente.

¿Cómo se devuelven los pagos a cuenta no computados?

ARCA no devolverá en efectivo los pagos cuenta no computados o computados parcialmente, sino que generará un crédito fiscal.

El crédito fiscal solo podrá aplicarse para cancelar derechos de importación. No será transferible a terceros.

Nuevo Registro obligatorio y por tiempo limitado

Se crea el “Registro de despachos de importación con pagos a cuenta no computados del Impuesto Para una Argentina Inclusiva y Solidaria - PAIS” al que se accede con clave fiscal.

Los importadores deberán inscribirse presentando una declaración jurada de devolución de pagos a cuenta del Impuesto PAIS por importación de bienes (DJIP) entre el 8 de julio y el 22 de agosto de 2025.

¿En qué plazo se generará el crédito fiscal?

El crédito fiscal se generará en cuotas mensuales y automáticas a través del Sistema Informático MALVINA (SIM), según el siguiente esquema:

  • Hasta $4 millones: 1 cuota
  • Más de $4 millones y hasta $10 millones: 6 cuotas
  • Más de $10 millones y hasta $100 millones: 12 cuotas
  • Más de $100 millones: 24 cuotas

La primera cuota estará disponible el 8 de septiembre de 2025 y las restantes dentro de los primeros 5 días hábiles de cada mes.

¿Se reconocen intereses al importador?

Las cuotas son mensuales, iguales y consecutivas e incluirán el 0,50% de interés mensual calculados desde el día de presentación de la declaración jurada DJIP hasta la fecha de generación del crédito fiscal.

¿Cómo se toma conocimiento del resultado del trámite y del registro del crédito fiscal?

El resultado del trámite será notificado al importador, a través del Sistema Informático de Comunicaciones y Notificaciones Electrónicas (SICNEA). El crédito fiscal podrá visualizarse en la subcuenta MALVINA, servicio “web” “MOA - Reingeniería”.

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Renuncia a otros reclamos

El régimen es optativo, pero para acceder, el importador debe renunciar expresamente a cualquier otro trámite de devolución o acción judicial ya iniciada o futura, por los mismos conceptos.

En caso de haberse iniciado un trámite de devolución y/o una acción de repetición, el importador deberá desistir del trámite y/o acción administrativa y/o judicial iniciada a fin de acceder al régimen mediante el formulario F.408 a través del servicio “Presentaciones Digitales”.

Analista dice que se debería devolver en efectivo

Domínguez indicó que "si bien el régimen es positivo al intentar resolver los saldos a favor por pagos a cuenta no utilizados del Impuesto PAIS, resulta limitado"

"Muchos importadores fueron obligados a ingresar pagos a cuenta que luego no pudieron utilizar porque el propio Estado les impidió acceder al mercado oficial de cambios. Debieron recurrir a mecanismos más costosos",explicó..

Por ello, indicó que "el régimen debería contemplar la devolución en efectivo y reconocer intereses reales". "Actualmente, solo permite utilizar el crédito contra derechos de importación y en cuotas. La tasa de interés del 0,5% mensual es inferior a la inflación esperada, lo cual genera una pérdida de valor del crédito cuanto mayor sea el importe y más largo el plazo", advirtió.

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