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Demandó a su padre biológico por no reconocerla y pidió $17 millones por daños: por qué la Justicia lo rechazó

La mujer expuso los daños económicos y emocionales derivados de la falta de reconocimiento paterno. Cuál fue la defensa del hombre.

Una mujer de 35 años decidió denunciar a su padre biológico y reclamó una indemnización millonaria por los daños que, según sostuvo, sufrió a lo largo de su vida debido a la falta de reconocimiento paterno voluntario.

La causa se tramitó ante el Juzgado en lo Civil y Comercial N° 5 de Mercedes y se convirtió en un caso de fuerte impacto jurídico por los debates vinculados al derecho a la identidad, la responsabilidad parental y los alcances de las indemnizaciones derivadas de la falta de reconocimiento filial.

A pesar de esto, la Justicia de Mercedes rechazó el planteo al considerar que no existían pruebas suficientes para demostrar que el hombre conocía su existencia antes del inicio del juicio de filiación.

El reclamo de una indemnización millonaria 35 años después

La demanda fue presentada en junio de 2023, luego de que una sentencia previa reconociera judicialmente el vínculo biológico entre ambas partes. Según el expediente, la mujer sostuvo que su padre nunca la reconoció voluntariamente y que esa situación le provocó perjuicios económicos, emocionales y personales durante gran parte de su vida.

Entre los conceptos reclamados figuraban daño moral, daño psicológico, pérdida de oportunidades laborales y educativas, gastos de tratamiento, daño al proyecto de vida, daño a la identidad, lucro cesante y daño emergente.

La demandante afirmó además que nunca recibió cuota alimentaria ni acompañamiento durante su crianza y sostuvo que esa ausencia la colocó en una situación de vulnerabilidad económica.

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La admisión del trabajador sobre el seguro reforzó la conclusión judicial de que la confianza ya estaba perdida.

También aseguró que existió un trato discriminatorio respecto de otros hijos reconocidos por el hombre y señaló que la falta de recursos le impidió acceder a determinadas oportunidades académicas y habitacionales.

Dentro de la presentación judicial también describió episodios de violencia y situaciones de destrato que, según manifestó, afectaron tanto a ella como a su madre. Por todos esos motivos solicitó una compensación económica superior a los 17 millones de pesos.

La defensa del padre y el análisis de las pruebas

El demandado rechazó de manera categórica los hechos expuestos. Durante el proceso reconoció haber mantenido una relación con la madre de la mujer, pero aseguró que nunca fue informado del embarazo ni de la existencia de una hija.

Según declaró, tomó conocimiento de la situación recién cuando fue convocado a realizarse una prueba genética dentro del juicio de filiación iniciado años después.

El hombre sostuvo que la ausencia de vínculo no fue producto de una decisión deliberada, sino de un desconocimiento absoluto sobre la existencia de la reclamante. Para resolver el caso, el tribunal analizó declaraciones testimoniales aportadas por ambas partes.

Los jueces observaron que varios de los testigos presentados por la demandante no habían presenciado directamente los hechos que relataban y se limitaban a reproducir versiones que la propia mujer les había contado.

Por ese motivo, consideraron que esos testimonios carecían de la fuerza necesaria para acreditar que el demandado hubiera sido informado previamente sobre la existencia de la hija.

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En contraste, los testimonios incorporados por la defensa indicaron que el hombre se enteró de la situación poco antes del inicio del proceso judicial y que la noticia le generó sorpresa.

Por qué la Justicia rechazó la demanda

Uno de los puntos centrales del fallo estuvo relacionado con la responsabilidad civil por falta de reconocimiento paterno.

La sentencia recordó que el reconocimiento de un hijo constituye una obligación jurídica y que su omisión injustificada puede generar consecuencias legales. Sin embargo, para que exista responsabilidad civil resulta indispensable demostrar que el progenitor conocía la existencia del hijo y decidió no reconocerlo.

Los jueces analizaron además la prueba de ADN, que confirmó la paternidad con una probabilidad superior al 99,9999%, y tuvieron en cuenta la sentencia de filiación dictada en 2021 que ordenó inscribir a la mujer como hija del demandado.

No obstante, concluyeron que ninguna de las pruebas incorporadas permitía acreditar que el hombre hubiera tenido conocimiento de su existencia antes del inicio formal del proceso de filiación.

La resolución también destacó que, una vez notificado, el demandado aceptó someterse a la prueba genética y colaboró con el procedimiento que permitió establecer el vínculo biológico.

Ante la falta de evidencia sobre una negativa consciente e injustificada al reconocimiento, el tribunal entendió que no se configuró una conducta antijurídica que habilitara una indemnización.

Por ese motivo, la Justicia de Mercedes rechazó la demanda por daños y perjuicios en todos sus términos y dispuso que las costas del proceso quedaran a cargo de la parte reclamante. La decisión dejó firme un criterio clave: la indemnización por falta de reconocimiento paterno solo puede prosperar cuando se demuestra que el progenitor conocía la existencia del hijo y decidió ignorar esa obligación legal.

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