La Unión Personal Auxiliar de Casas Particulares (UPACP) difundió los valores vigentes para quienes trabajan en el sector. Las diferencias en el pago por hora y el pago por mes.
Las personas que trabajan en en cuidado de niños o adultos recibirán en noviembre un monto similar al del mes anterior, ya que para liquidar los sueldos de quienes se desempeñan en el rubro de casas particulares se toman como referencia los valores del mes en que impactó el último tramo de aumentos, en este caso, septiembre.
En este sentido, en el undécimo mes del año los salarios tendrán como base las cifras difundidas por la Unión Personal Auxiliar de Casas Particulares (UPACP) en su sitio web oficial, donde figuran las valores exactos para el personal que trabaja por hora y por mes en sus distintas categorías.
Las niñeras y cuidadores de adultos, que pertenecen a la cuarta categoría de empleados de casas particulares, en su definición están abocados a "tareas que comprenden la asistencia y cuidado no terapéutico de personas, tales como personas enfermas, con discapacidad, niño, adolescentes y adultos mayores".
De acuerdo con los valores difundidos por la UPACP, hay una diferenciación entre están contratados por hora o por jornada para el cumplimiento de tareas de cuidado en casas particulares. Los valores mínimos, que se aplican para quienes trabajan para un mismo empleador por menos de 24 horas semanales, son los siguientes:
En el penúltimo mes del año, según lo planteado en la grilla de la UPACP, aquellas personas que trabajan bajo un esquema mensual tendrán los siguientes montos de referencia:
Estos valores alcanzan a los trabajadores comprendidos en el régimen establecido por la ley N° 26.844, que trabajen 24 o más horas semanales para un mismo empleador. El pago es en forma proporcional a la cantidad de horas efectivamente trabajadas.
En tanto, más allá del sueldo, los empleadores tienen a su cargo el pago de los conceptos de antigüedad, aportes jubilatorios y obra social.
Más allá de las tareas de cuidado, la escala salarial incluye otras categorías contempladas dentro del régimen de casas particulares:
Supervisores
Tareas específicas (cocineros, jardineros, choferes)
Tareas generales (limpieza, mantenimiento)
Independientemente de la modalidad de contratación o de la cantidad horas de trabajadas, los empleadores deben inscribir a los trabajadores que tienen a su cargo en el registro de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA). La gestión se hace de forma online a través del sitio web del organismo.