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Luego de la aprobación del paquete fiscal, quedaron establecidas las nuevas escalas para tributar el impuesto a las Ganancias. ¿Cuánto deberán pagar los solteros sin hijos o con hasta 3 hijos?
Tras la promulgación de la Ley 27.743, titulada "Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes" -mas conocida como paquete fiscal-, se conoció la nueva escala de valores para tributar el impuesto a las Ganancias. De acuerdo a las flamantes normativas aprobadas por la Cámara de Diputados, ¿cuánto deberán pagar los solteros sin hijos o con hasta 3 hijos?
En septiembre llegará la actualización del mínimo no imponible y las escalas del impuesto de 2024, siguiendo la inflación acumulada entre junio y agosto. Desde 2025 habrá reajustes semestrales.
Las nuevas medidas significan que unos 800.000 trabajadores hoy exentos de Ganancias volverían a pagar el impuesto en alícuotas que van del 5 al 35%.
El proyecto ratifica el alivio fiscal que se aplicó entre el 1° de octubre y el 31 de diciembre 2023 (Decreto N° 473/2023), lo que significa que no habrá retenciones retroactivas.
A su vez, el tributarista Sebastián Domínguez -SDC Asesores Tributarios- manifestó que "este cambio de régimen no puede generarle al empleado más impuesto del que tuvo que tributar hasta el 30 de junio. Si le retuvieron más de lo que corresponde por la nueva ley, la restitución, le van a devolver la diferencia. Pero si le retuvieron menos de lo que corresponde por la nueva ley, entonces se va a generar una deducción especial para no tener que retenerle ese impuesto por esta aplicación".
Cabe recordar que la AFIP (Administración Federal de Ingresos Públicos) precisa que las "ganancias de cuarta categoría son las obtenidas por el trabajo personal". Asimismo, el organismo, a los fines del tributo al impuesto a las Ganancias, estipula que en la cuarta categoría ingresan los trabajos de los empleados en relación de dependencia, entre otros.