La AFIP actualizó los montos a partir de los cuales hay que informar sobre transferencias, consumos con tarjeta y saldos. Mirá los nuevos topes.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) actualizó en los últimos días de mayo los límitespara las transferencias a partir de las cuales la entidad financiera tiene que informar al organismo fiscal el monto de la operación. Los usuarios también tendrán que tener en cuenta los nuevos montos máximos ya que, en caso contrario, serán investigados por la entidad.
Tanto los bancos como las billeteras virtuales, cada vez más utilizadas en un contexto de muy pocos movimientos en efectivo debido a lo atrasado que quedaron los billetes de mil y dos mil pesos y a los avances de la tecnología, deberán informar todas las transacciones, saldos y consumos de las cuentas que gestionan. Al igual que los usuarios, que tienen sus propios topes para gestionar sin necesidad de dar cuenta a la AFIP.
El organismo, que informó que intenta la simplificación de procesos en beneficio de los contribuyentes, modificó la Resolución General N° 4298, que establece la obligación de informar de las entidades financieras a la AFIP, y aumentó los montos que se deberán tener en cuenta a partir de junio 2024.
¿Cuándo la AFIP te empieza a investigar?
Mercado Pago y otras plataformas similares, al igual que las entidades bancarias, no están obligadas a informar a la AFIP sobre los saldos finales mensuales o transferencias que sean menores al monto establecido por el organismo. En consecuencia, sí deberán realizar la notificación fiscal si se excede esa cifra que fue actualizada para junio 2024.
En los últimos días la AFIP elevó los montos previstos en la Resolución General N° 4614, que establece el régimen de información para los sujetos que administran, gestionan, controlan o procesan movimientos de activos a través de plataformas de gestión electrónicas o digitales, incluidos los Proveedores de Servicios de Pago (PSP) que ofrecen cuentas de pago.
En el caso de ingresos o egresos totales, el monto se eleva de $120.000 a $400.000 y los saldos mensuales pasaron de los $200.000 a los $700.000.
Para ambos regímenes de información se prevé una cláusula de actualización cada seis meses sobre la base del coeficiente que surja de las variaciones del Índice de Precios al Consumidor Nivel General (IPC) que publica el INDEC.
¿Cuánto dinero puedo recibir por transferencia sin declarar 2024?
Lo mismo ocurre con las personas. En el caso de acreditaciones, extracciones en efectivo y saldos mensuales de todas sus cuentas, el monto mínimo se eleva de $200.000 a $700.000.
En el supuesto de consumos con tarjetas de débito del titular y adicionales, el monto por el que el usuario debe informar se eleva de $120.000 a $400.000.
Cualquier ingreso o egreso que sea mayor a $700.000 será notificado a la AFIP, lo mismo que los consumos con tarjetas de débito que sean superiores a 400 mil pesos.
En estos casos, la entidad solicitará el origen de esos fondos y para qué se utilizaron, luego de analizar la situación fiscal del contribuyente. En consecuencia se determinará si ese dinero es lícito o no. En caso de encontrar irregularidades, se tendrá que presentar recibos de sueldo y facturas para resolver cualquier duda.
¿Cómo justificar el origen de los fondos ante la AFIP?
En caso que la AFIP lo considere necesario podrá solicitar que el contribuyente justifique el origen de los fondos para los tipos de transacciones descriptos. Esta justificación se podrá realizar con diferentes tipos de documentación respaldatoria:
- Recibo de sueldo, en el caso de una persona que trabaje en relación de dependencia y su empleo se encuentre formalmente registrado.
- Comprobantes de facturación (remitos y/o facturas emitidas), en el caso de un trabajador autónomo o Monotributista.
- La sentencia judicial que pruebe la acreditación del dinero a raíz de una indemnización laboral.
- Declaratoria de herederos si el dinero utilizado es producto de una herencia recibida.
- Una certificación de ingresos emitida y firmada por un contador público nacional que la avale.
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