El gremio y las cámaras empresariales del sector firmaron un nuevo acuerdo que en septiembre 2026 otorga un aumento porcentual y una suma fija.
La Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECYS) y las cámaras empresariales cerraron un nuevo acuerdo paritario que actualiza los haberes de todos los trabajadores del sector, sin importar la categoría, con el objetivo de sostener el poder adquisitivo frente a la evolución de los precios.
El entendimiento firmado por la FAECYS con la Cámara Argentina de Comercio (CAC), la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) y la Unión de Entidades Comerciales (UDECA) estableció un incremento total del 5,7% para el trimestre julio-septiembre y un bono de $50.000 a pagar en dos cuotas, además de la continuidad de la suma fija de $120.000 mensuales acordada en la negociación paritaria anterior.
El esquema acordado por las partes establece la liquidación del incremento y las sumas fijas de la siguiente manera:
En el noveno mes del año -a cobrar en octubre-, todos los trabajadores del sector tendrán un aumento del 1,9%, además de la suma no remunerativa de $120.000.
En cambio, ya no se pagará ninguna cuota del bono de $50.000, que se terminó de cancelar en agosto. De esta manera, así quedan los salarios de cada categoría:
Los valores corresponden a los básicos para jornada completa. El salario final puede variar según los adicionales previstos en el convenio, como antigüedad, presentismo, manejo de caja, comisiones y horas extras. Por otro lado, no impide que las grandes cadenas otorguen un incremento mayor al pactado. Quienes se desempeñan en la informalidad no tienen garantizados estos mínimos ni otros derechos laborales.
Tanto el gremio como las cámaras empresariales acordaron volver a reunirse en el mes de octubre de 2026 con el fin de revisar el comportamiento de las escalas salariales y realizar los ajustes necesarios según la coyuntura económica del país.
El próximo sábado 26 de septiembre se conmemora Día del Empleado de Comercio en Argentina. La fecha está establecida por la Ley 26.541 y alcanza a los trabajadores comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo 130/75, que desempeñan tareas en supermercados, tiendas, mayoristas y otros establecimientos del sector mercantil.
Este año, el Día del Empleado de Comercio coincide con un sábado, por lo que todavía resta definir si el descanso será trasladado a otra jornada. Hasta el momento, la FAECYS y las cámaras empresarias no establecieron oficialmente una fecha alternativa. En 2025 ocurrió una situación similar. En ese momento, el gremio y las entidades acordaron trasladar la celebración al lunes 29 de septiembre, por lo que los trabajadores pudieron acceder al descanso en esa jornada.