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Extraña caída de un juicio en Chubut: las víctimas no quisieron ir a declarar y bloquearon sus teléfonos

El fiscal debió retirar la acusación cuando los 12 integrantes del jurado ya estaban por entrar en la sala. Se juzgaba un robo ocurrido en 2023.

El mismo día en el que iba a realizarse la primera audiencia, y con los 12 integrantes del jurado popular ya listos para ingresar a la sala y prestar juramento, quedó sin efecto el juicio por un robo ocurrido en la localidad de Sarmiento, provincia de Chubut.

Es la primera vez, desde que el sistema se implementó en Chubut, que un juicio por jurados no se inicia, debido a que el Ministerio Público Fiscal retiró la acusación, y el motivo fue más que extraño: las víctimas del robo se negaron a asistir a las audiencias donde debían prestar su testimonio, e incluso bloquearon sus teléfonos para no recibir llamados de la Fiscalía.

El caso que quedó sin ser juzgado había ocurrido el viernes 17 de noviembre de 2023 en la Despensa y Verdulería Agustina, del barrio “Parque Patagonia” de Sarmiento.

Según se había establecido en la acusación, cuando los dueños estaban cerrando el comercio, escucharon un ruido al que identificaron como un disparo, y se encontraron con un hombre y una mujer enmascarados y uno de ellos armado, que les ordenaron “métanse adentro”.

Rita Barrionuevo, la fiscal de Chubut que debió retirar la acusación

Rita Barrionuevo, la fiscal de Chubut que debió retirar la acusación.

La almacenera desobedeció la orden de los asaltantes, y escapó corriendo. El dueño del comercio, en cambio, fue obligado a entrar a su local y a entregarles a los imputados el dinero de la caja registradora.

Chubut: dos pruebas desestimadas y caída del juicio

Casi dos años más tarde, cuando debía comenzar el juicio, el defensor público, Marcelo Catalano, planteó que dos medidas de prueba anticipada realizadas por la Fiscalía durante la investigación no podían ser usadas en el debate: un reconocimiento de voz y otro de un arma.

Catalano argumentó que los dos testigos –las víctimas- que habían proporcionado esas pruebas debían estar presentes para ser interrogados.

La fiscal jefa Rita Barrionuevo explicó ante el juez Gustavo Castro que esas medidas de reconocimiento se habían realizado con la participación de los defensores públicos y de los acusados.

Argumentó además que todas las pruebas se habían admitido en las instancias judiciales previas y, por tanto, podían usarse en las audiencias.

Por otra parte, según informó la Fiscalía, “los denunciantes habían manifestado su decisión de no asistir a las audiencias, y bloquearon los llamados telefónicos del equipo de investigadores del Ministerio Público Fiscal”.

STJ Chubut

Superior Tribunal de Justicia de Chubut.

Un caso "debilitado"

El juez, no obstante, desestimó el planteo de la fiscal basándose en el artículo 314 del Código Procesal Penal, que establece excepciones y permite las pruebas anticipadas solo cuando no es posible la presencia en el juicio de quien actuó o participó en el acto.

Ante la imposibilidad de la defensa de contra interrogar a esos testigos, se determinó que esto afectaba el derecho de defensa de los imputados, por lo cual el magistrado decidió no incorporar ninguno de los dos reconocimientos como pruebas en la causa.

Sin pruebas ni testimonios de las víctimas, la fiscal Barrionuevo consideró que el caso quedaba “debilitado” y por su deber de objetividad, retiró la acusación. Al instante, el juez sobreseyó a los imputados, José Nehiual y Vanina Villagrán.

Un día antes, en la Sala de Audiencias 1 de la Oficina Judicial se habían presentado casi 60 personas: vecinos de Sarmiento, Río Mayo, Río Senguer y otros parajes, grupo del cual por la tarde, tras una extensa selección surgieron 12 jurados titulares y cuatro suplentes. Incluso, la Oficina Judicial ya había dispuesto hoteles y comida para los jurados y el juez.

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