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Compró un auto usado, denunció fallas en los neumáticos y perdió el juicio: qué dijo la Justicia

Un vecino de Neuquén demandó a una concesionaria porteña tras detectar problemas en las cubiertas de un Ford Mondeo.

La compra de un auto usado terminó en una disputa judicial entre un vecino de Cutral Co y una concesionaria de la ciudad de Buenos Aires. El hombre aseguró que el vehículo que había adquirido presentaba problemas en las cubiertas y acusó a la empresa de haberle vendido un automóvil con “vicios ocultos”. Sin embargo, la Justicia rechazó la demanda y consideró que las fallas podían advertirse antes de concretar la operación.

La resolución fue firmada por la jueza Vanina Cordi, quien entendió que el comprador debía haber revisado con mayor atención el estado del rodado antes de llevárselo. Según sostuvo, los defectos denunciados no podían considerarse ocultos porque estaban visibles y no requerían conocimientos técnicos especiales para ser detectados.

Todo comenzó cuando el vecino compró un Ford Mondeo modelo 2017 en Capital Federal y emprendió el regreso hacia Cutral Co. Durante el viaje, afirmó haber notado vibraciones e inestabilidad al doblar. Ya en Neuquén, decidió llevar el vehículo a un comercio especializado para una revisión.

Allí, según indicó en la demanda, le informaron que las cubiertas eran de diferentes modelos y medidas, además de encontrarse desalineadas. El hombre sostuvo que esas irregularidades no podían advertirse fácilmente al momento de la compra y por eso inició acciones judiciales contra la concesionaria.

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La defensa de la concesionaria

Desde la empresa rechazaron la acusación y remarcaron que el comprador había inspeccionado el automóvil antes de concretar la operación. Además, señalaron que el vehículo era usado, se encontraba en buenas condiciones generales y era apto para circular.

En su presentación, la concesionaria sostuvo que el cliente revisó el auto “exhaustivamente” y aceptó el estado en el que se encontraba. También remarcaron que observar el estado de las cubiertas no requiere conocimientos técnicos ni científicos.

La jueza coincidió con ese planteo. En el fallo recordó que el Código Civil y Comercial establece que no se consideran ocultos aquellos defectos que el comprador conoció o pudo haber conocido mediante una revisión adecuada antes de adquirir el bien.

“Entiendo que no son ocultos aquellos defectos que podrían descubrirse mediante un examen atento y cuidadoso de la cosa”, expresó Cordi en la sentencia. Además, agregó que no era necesario contar con asesoramiento profesional para advertir las diferencias entre las cubiertas.

cutral co

Qué valoró la magistrada

Uno de los puntos centrales del fallo fue que el vehículo era usado, una condición que —según la jueza— obliga al comprador a prestar especial atención antes de cerrar la operación.

La jueza señaló que el hombre “pudo verificar el estado de las cubiertas sin ningún tipo de asesoramiento técnico o específico, porque las características estaban a la vista”.

También tomó relevancia un informe elaborado por un perito mecánico que intervino en el expediente. El especialista indicó que el estado de las cubiertas “bajo ningún aspecto puede considerarse un vicio y menos aún oculto”.

El perito sostuvo que se trata de aspectos que necesariamente deben revisarse al comprar un vehículo usado, del mismo modo que se observan la chapa, la pintura, la suspensión, la dirección, los amortiguadores o el estado del motor.

Con esos argumentos, la Justicia finalmente rechazó la demanda iniciada por el vecino de Cutral Co y dejó firme la postura de que las irregularidades denunciadas podían haber sido detectadas antes de concretar la compra.

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