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Condenaron a un varón por la violación de una joven en una reunión

El Ministerio Público Fiscal logró probar que el imputado cometió la violación en la intimidad. Resta imponer la pena que deberá cumplir.

Por decisión unánime, el tribunal condenó a un varón por la violación a una joven que fue a su casa a compartir una reunión en 2022. El veredicto coincidió con la imputación de la fiscal Rocío Rivero, y se remarcó que el punto de discusión entre las partes tuvo que ver con el consentimiento.

Mientras que la víctima planteó que no acordó mantener relaciones y que incluso se resistió, la defensa sostuvo lo contrario. Aunque haya sucedido en la intimidad, el veredicto argumentó que las pruebas son suficientes para condenar al imputado por abuso sexual con acceso carnal, en carácter de autor.

En una próxima audiencia se debatirá la pena a imponer y se ordenará la inscripción de D.M.C. en el Registro de Personas Condenadas por Delitos contra la Integridad Sexual (RIPeCoDIS).

El fiscal Azar, de Delitos Sexuales, ya ordenó una serie de medidas de protección y periciales sobre la víctima.
El fiscal Azar, de Delitos Sexuales, ya ordenó una serie de medidas de protección y periciales sobre la víctima.

Los hechos

La fiscal del caso Rocío Rivero logró probar que el imputado, D.M.C., cometió la violación en su vivienda particular, el 20 de marzo de 2022, cerca de las 7 de la mañana.

Allí habían concurrido la víctima y un amigo, quien es familiar del imputado y que se quedó dormido en los momentos previos a la agresión sexual, producto de la excesiva ingesta de alcohol. En ese contexto D.M.C aprovechó la situación, cometió el abuso y luego llamó un taxi para que la víctima se pudiera ir. Además de Rivero, por la fiscalía también participaron la asistente letrada Fernanda Sabatini y el agente judicial Marcos Campos.

Los jueces que condenaron al imputado por unanimidad expresaron que en este tipo de delitos, “que se desarrollan en la intimidad”, cobra importancia el relato de la víctima y “se lo debe corroborar con distintos indicios que deben converger”.

En ese sentido, el presidente del tribunal, Luis Giorgetti, enumeró que “la denuncia se hizo horas después del hecho, que la víctima pudo detallar de manera circunstanciada lo ocurrido y que eso fue escuchado por testigos, por psicólogos y familiares; además de que el relato fue corroborado por prueba pericial médica y genética”.

Con los hechos confirmados, el tribunal declaró la responsabilidad del imputado por el delito que la representante de la fiscalía le atribuyó: abuso sexual con acceso carnal, en carácter de autor (artículos 119, tercer párrafo, y 45 del Código Penal).

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