Jairo Ariel Díaz fue sentenciado por el homicidio. El tribunal valoró que disparó desde la vereda y no asistió a la víctima.
La Justicia condenó a Jairo Ariel Díaz por el crimen de Alexis David Marín Bossel, un hombre que fue atacado a tiros frente a una vivienda de Plaza Huincul y murió días después en Neuquén. El fallo cerró una etapa clave para la familia de la víctima, que había llegado al juicio con un pedido de pena más alto.
La sentencia se conoció este jueves y fue dictada por un tribunal integrado por los jueces Lisandro Borgonovo, Eduardo Egea y Federico Sommer. La condena fue de 10 años y 8 meses de prisión efectiva, el mínimo previsto para el delito por el que Díaz había sido declarado responsable.
El hecho ocurrió el 4 de mayo de 2025, cerca de las 00:15, en una vivienda del barrio Altos del Sur de Plaza Huincul. Según la investigación del Ministerio Público Fiscal, antes del ataque había existido una discusión entre Díaz y Alexis Marín Bossel.
De acuerdo con la acusación, después de esa discusión, Díaz fue hasta el frente de la casa donde estaba la víctima. Llegó armado, se ubicó sobre la vereda y desde allí efectuó tres disparos por encima de la reja.
Uno de esos tiros impactó en la cabeza de Alexis. Primero fue trasladado a un centro de salud de la comarca petrolera y, por la gravedad de la herida, después fue derivado a Neuquén. Permaneció internado hasta el 15 de mayo, cuando murió como consecuencia de las lesiones.
Para la familia, el proceso judicial tuvo distintos momentos. En marzo pasado, Díaz ya había sido declarado responsable del homicidio. Este jueves, el tribunal resolvió cuántos años de prisión debía cumplir por el crimen.
Durante la audiencia de cesura, el fiscal jefe Gastón Liotard había pedido que Díaz fuera condenado a 11 años de prisión efectiva. La querella particular, que representó a la familia de Alexis, solicitó una pena mayor: 15 años.
La defensa, en cambio, pidió una sanción por debajo del mínimo legal. También había planteado que se declarara inconstitucional el agravante previsto para los homicidios cometidos con armas de fuego.
Ese planteo fue rechazado por el tribunal. Los jueces entendieron que correspondía aplicar la escala penal del homicidio agravado por el uso de arma de fuego y, a partir de esa base, analizaron qué circunstancias debían pesar al momento de fijar la pena.
Los jueces valoraron especialmente cómo ocurrió el ataque. Señalaron que Díaz se acercó armado hasta la vivienda, convocó a la víctima para que se acercara y luego disparó tres veces desde la vereda. También tuvieron en cuenta que, después de efectuar los disparos, no le brindó ayuda.
Al mismo tiempo, el tribunal consideró algunas circunstancias a favor del condenado. Entre ellas, que no tenía antecedentes condenatorios, su edad, sus condiciones personales y que días después del homicidio se presentó en una dependencia policial para reconocer su participación en el hecho.
Con esa valoración, los magistrados resolvieron imponer la pena mínima prevista para el delito: 10 años y 8 meses de prisión efectiva. La condena incluye además la inhabilitación absoluta y las costas del proceso.
La resolución fue tomada por unanimidad. Para la Justicia, quedó probado que Díaz fue quien efectuó los disparos que terminaron con la vida de Alexis Marín Bossel.
A partir de ahora, Jairo Ariel Díaz deberá cumplir una pena de prisión efectiva por el homicidio ocurrido en mayo de 2025 en Plaza Huincul.