La víctima tenía entre 9 y 11 años cuando el acusado visitaba su domicilio. Al acusado se le impuso una prohibición de acercamiento de 500 metros.
Un hombre fue acusado de cometer abusos sexuales contra una niña de su entorno familiar. La formulación de cargos fue solicitada por el asistente letrado Guillermo Prime ante un juez de garantías, que tuvo por formulada la imputación y fijó un plazo de cuatro meses para el desarrollo de la investigación.
El representante de la fiscalía sostuvo que los hechos ocurrieron de manera reiterada cuando la víctima tenía entre 9 y 11 años y visitaba el domicilio del imputado en un barrio de la ciudad de Neuquén.
La hipótesis del MPF indica que en esas ocasiones el hombre la llamaba para que lo acompañara a un sector del fondo del terreno y, aprovechando que quedaban a solas, realizaba conductas de carácter sexual contra la niña. En uno de los episodios también habría cometido un abuso con acceso carnal.
Tras relatar la teoría del caso, Prime la encuadró en los delitos de abuso sexual con acceso carnal, en concurso real con abuso sexual simple continuado, doblemente agravados por el vínculo y por la guarda, en calidad de autor.
En la audiencia también intervino la Defensoría de Niñez y Adolescencia como querella institucional, en representación de los intereses de la niña, que adhirió a la formulación de cargos.
Como medidas cautelares, el asistente letrado de la unidad fiscal de Violencia Contra la Mujer, Diversidades y Delitos Sexuales solicitó la prohibición de acercamiento de 500 metros al domicilio de la víctima, además de una restricción de comunicación con ella y su grupo familiar.
El juez de garantías Juan Manuel Kees hizo lugar a los planteos del Ministerio Público Fiscal, tuvo por formulados los cargos, fijó un plazo de cuatro meses de investigación y dispuso las medidas de coerción solicitadas, que regirán por seis meses.
En una audiencia de determinación de la pena realizada el lunes de la semana pasada en la ciudad judicial, la fiscal del caso Carolina Mauri pidió que un varón sea condenado a 10 años de prisión efectiva por abuso sexual de una adolescente de su entorno.
Se trata de L.E.M. y los delitos por los cuales fue declarado penalmente responsable son abuso sexual simple y abuso sexual con acceso carnal, ambos en concurso real y agravados por el vínculo y por la convivencia preexistente, en carácter de autor.
Para pedir la pena, Mauri describió como agravantes principales las propias de la calificación legal, la pluralidad de hechos cometidos y que el imputado tiene antecedentes penales computables por una condena en suspenso, impuesta en 2019, por un delito similar.
La defensora de los Derechos de Niñez y Adolescencia Andrea Rapazzo adhirió a los agravantes y atenuantes descriptos por la fiscalía y también al monto de pena requerido.
De acuerdo con la teoría del caso que acreditó el Ministerio Público Fiscal en el juicio L.E.M. abusó sexualmente de una adolescente de su entorno familiar, en la casa donde convivían, ubicada en un barrio de la ciudad de Neuquén.
Las agresiones sexuales fueron cometidas bajo dos conductas distintas: una en diciembre de 2022, cuando abusó sexualmente de la adolescente; la otra desde principios de 2023 hasta abril del 2024, cuando abusó sexualmente de la víctima, accediéndola carnalmente de manera continua.
El tribunal colegiado encargado de fijar la pena, integrado por los jueces Luis Giorgetti, Lucas Yancarelli y Juan Pablo Encina, hizo lugar al pedido de las partes acusadoras, condenó a L.E.M a 10 años de prisión efectiva y ordenó que se lo inscriba en el Registro de Personas Condenadas por Delitos contra la Integridad Sexual (RIPeCoDIS).
Con la resolución adoptada por el tribunal, la Oficina Judicial deberá fijar en los próximos días la fecha para la realización de una audiencia de ejecución para que el condenado se constituya como detenido y comience a cumplir la pena.
Si bien fue declarado responsable y condenado, el nombre del imputado se mantiene con iniciales para resguardar la identidad de la víctima y evitar su identificación.