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La Justicia prohibió la venta de una marca de misoprostol en las farmacias

La limitación no incluye los tratamientos en abortos no punibles en los hospitales. Solo afecta la venta en farmacias bajo receta archivada.

La justicia federal prohibió la venta de Misop 200 en las farmacias luego de un amparo presentado por la organización Portal de Belén (PdB) y la Asociación para la Promoción de los Derechos Civiles (Prodeci), al que dieron lugar parcialmente.

También habían solicitado declarar la nulidad absoluta e insanable por inconstitucional del Protocolo para la atención integral de las personas con derecho a la interrupción legal del embarazo, que fue negado por la justicia.

La limitación solo afecta a la compra en farmacias con receta, por lo que la medida no se ve afectada para el tratamiento en abortos no punibles realizados en los hospitales.

La jueza federal Cecilia Madariaga Gilardi de Negre, subrogante en el Juzgado Contencioso Administrativo Federal Nº11 se amparó en su fallo en la lectura del prospecto del medicamento, de la que asegura que surgen las “precauciones y advertencias”, dentro de las que se enuncia que “debe ser utilizado siguiendo una estricta observación de la dosis y régimen recomendados". Y que además "debe ser utilizado únicamente en centros hospitalarios con acceso a cuidados intensivos y cirugía de urgencia”.

Para el Ministerio de Salud, el misoprostol presenta seguridad para uso ambulatorio con seguimiento médico sin riesgos para la gestante si se realiza durante el primer trimestre del embarazo; permite que la gestante con su médico habitual pueda decidir cómo y dónde llevar adelante la interrupción del embarazo dentro de las causales de interrupción legal del embarazo (ILE) y que, por este motivo, es necesario la disponibilidad del medicamento en una dosis de 200 mg en las farmacias.

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