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A punto de cumplirse un año y dos meses del crimen de Ernesto Rodriguez, el único sospechoso y acusado, Maximiliano Mérgola, fue declarado autor responsable del homicidio por el fallo unánime de un tribunal colegiado. A pesar de que el joven y su defensa intentaron establecer un caso de exceso de la legítima defensa, no lograron presentar prueba a su favor, y la abrumadora evidencia de la fiscalía y la querella terminó por refutar sus dichos. Bronca, gritos e insultos de parte de Mérgola y su familia contra los jueces se oyeron tras el veredicto.
El fallo unánime de los jueces Fernando Zvilling, Mauricio Zabala y Estefanía Sauli llegó finalmente tras tres jornadas de juicio presencial. El proceso en su totalidad terminó siendo bastante más extenso de lo habitual, dado que fue una de las tantas causas que se vieron afectadas por la pandemia y su fecha de inicio de abril fue pospuesta hasta esta semana. De hecho, el acusado fue el primer imputado en recibir la aplicación de la Ley Gerez, aquella que extendió su prisión preventiva cuando ésta alcanzó el año para resguardar el proceso.
Según reconstruyó la fiscalía en base a la prueba, la madrugada del 9 de julio de 2019, Maximiliano Mérgola asesinó a Ernesto Rodríguez de manera salvaje a golpes con un trozo de cordón cuneta. El asesinato se produjo a metros de la casa de la víctima, sobre calle Santa Cruz casi Montevideo de esta capital. La cabeza de la víctima estaba destrozada, y es que su borrachera no le dio ni tiempo a reaccionar para defenderse. Rodríguez estaba totalmente indefenso ante su agresor y falleció producto de un trauma craneoencefálico grave.
A día de hoy, no se determinó un móvil del atroz accionar que tuvo el asesino; la fiscalía no pudo llegar a algo que lo determine, el propio Mérgola nunca se manifestó al respecto (más que para mentir sobre las circunstancias), y el hecho de que víctima y victimario ni siquiera se conocían, plantó una duda que quizá nunca se responda.
Posterior al homicidio, el joven caminó hasta calle Bahia Blanca, donde intentó robar en dos comercios. Gracias al llamado de una vecina, se lo detuvo en uno de ellos, una verdulería. Por esta tentativa también fue declarado culpable hoy.
Previo a los alegatos finales de las partes, el acusado pidió tomar la palabra para reiterar su versión de legítima defensa y relató: "Esa mañana yo volvía de comprar. Me lo crucé, él me empezó a decir cosas, me atacó y yo me defendí, no lo quise matar". Además, agregó que sólo recuerda el episodio "por partes" y que había consumido pastillas.
A pesar de esto, cabe recordar que a lo largo de las tres jornadas, no sólo la fiscalía probó la autoría en manos de Mérgola (quien aún así nunca la negó), sino que las pericias comprobaron que el alto nivel de alcohol en la sangre de Rodríguez canceló cualquier oportunidad de defensa y por lo tanto también de ataque. De hecho, todos los peritos concordaron en que no habían signos de forcejeo ni lucha en el lugar.
Los únicos signos defensivos que la víctima presentaba en sus manos eran casi invisibles y no modificaron su estado de indefensión.
El cuchillo hallado en la escena que Mérgola y su equipo defensor señalaron como arma en manos de Rodríguez no contenía rastros de sangre del acusado y éste último tampoco presentaba heridas compatibles con su versión (en la oreja y en el cuello). En su lugar, se le halló un pequeño raspón en su mejilla que se estima que fue autoinfligido mientras se encontraba detenido, y escoriaciones en sus manos que se condicen con el empleo del arma homicida.
Por último, un examen médico realizado al entonces detenido la tarde del 9 de julio arrojó resultados negativos tanto para alcohol como para drogas, otra falencia en su relato. El médico forense que se expidió acerca del informe aseguró que dadas las pocas horas transcurridas desde el hecho, cualquier presencia de sustancias se habría manifestado en el análisis.
El encargado de comunicar el veredicto de responsabilidad fue el magistrado Fernando Zvilling, quien aseguró que consideraron acreditada la teoría de la fiscalía en su totalidad, y procedió a enumerar la prueba que no hizo más que complicar a Mérgola con cada jornada de debate. Tras la fundamentación, dictó la culpabilidad del joven por el delito de homicidio simple en concurso real con robo simple en grado de tentativa.
El enojo del ahora condenado, quien se encontraba presente en la sala pero no fue enfocado durante los últimos minutos de la transmisión por Zoom, quedó evidenciado cuando el juez que presidía el tribunal le requirió que se mantuviera en silencio hasta el final de la lectura de la sentencia. Posterior a esta, sus gritos y los de su madre reinaron en la sala.
"¿Se creen que lo mató por amor al arte? Por algo lo mató mi hijo. Rodríguez no era ningún santo", fueron las duras palabras de la mujer al tribunal.
La instancia de cesura, en la que se debatirá la pena de prisión a cumplir por el asesino, se llevará a cabo en los próximos días. Para el delito aplicado, el plazo previsto va de los 8 a los 25 años de prisión efectiva.