Se la asignaron en 2018, pero en 2021 el uniformado se acogió al retiro voluntario. Fue el fundamento para que le reclamaran la vivienda. El lunes le dieron cinco días para retirarse
Un suboficial retirado de la Policía rionegrina deberá desocupar una casa oficial que le asignaron hace casi siete años y que pedía que se la adjudicara el IPPV.
El inmueble está ubicado en Cinco Saltos y el reclamo lo presentó la provincia a través de la Fiscalía de Estado el último 12 de junio mediante una demanda de desalojo, al alegar que se había cumplido el acto administrativo previo, incluida la notificación de entrega, pero que no lograban recuperar la vivienda.
El hombre se presentó a la causa con el asesoramiento de dos abogadas y en su respuesta indicó que había solicitado la entrega de la unidad debido a su precaria situación económica y carencia habitacional, y que hasta se lo planteó al gobernador.
Sin embargo este lunes 21 de julio la jueza María Adela Fernández, del fuero Contencioso Administrativo, dictó una resolución en la que hizo lugar al pedido estatal y le dio cinco días de plazo al ocupante para que se retire, y le advirtió que en caso de incumplimiento, se procederá a su expulsión con auxilio de la fuerza pública. Además deberá pagar las costas del proceso.
Plazos cumplidos
En la demanda, la provincia reconoció la asignación de la vivienda al policía el 12 de diciembre de 2018 con una prórroga en febrero de 2020. Pero la relación cambió en julio de 2021, cuando el policía -que alcanzó el grado de suboficial mayor- se acogió al retiro voluntario, lo que motivó que le pidieran la casa, valiéndose de lo que establece el Reglamento de Viviendas Oficiales.
Aclararon que el ocupante se negó a entregarla en el transcurso del acto administrativo, y que en esa instancia no compareció.
Precisaron en este sentido que “en ningún momento presentó descargo que haga a su defensa, ni tampoco solicitó la suspensión de los efectos del mismo”.
Por ese motivo accionaron judicialmente, puesto que los plazos se encontraban “ampliamente vencidos”, requisito que impone la ley 2629, que define el trámite de desocupación de inmuebles del Estado Provincial, o de los municipios o comunas rionegrinas.
La versión del ex policía
El ex policía relató en su defensa que en 2003 lo trasladaron a Cinco Saltos, donde trabajó en la Brigada de Investigaciones. Sostuvo que por problemas económicos y frente a la imposibilidad de continuar alquilando, comenzó a tramitar el acceso a una vivienda oficial.
Refirió que el 12 de diciembre de 2018, mediante una Resolución, le otorgaron la casa que se encuentra en la calle Yapeyú y Eugenio del Busto y que posteriormente inició gestiones para que se la adjudicara el Instituto de Planificación y Promoción de la Vivienda para “hacerse de una vivienda permanente para él y su grupo familiar”.
Pero el pedido fue desestimado “por no contar con los requisitos que exige la normativa”.
Afirmó que “ello era erróneo y desproporcionado”, por lo que comenzó a transmitirle el pedido a los distintos Comisarios en Jefe que fueron pasando e “incluso al mismo gobernador”.
En su planteo ante la magistrada pidió la suspensión del trámite hasta que se produzca la prueba que hace a su defensa y solicitó audiencia conciliatoria. Agregó documentación para respaldar su postura o ofreció otras pruebas.
La instancia judicial
La jueza Fernández al analizar el caso determinó que correspondía ordenar el desalojo promovido por la provincia, dado que se encontraban “satisfechos los presupuestos administrativos” definidos en la ley 2629 que “establece un régimen especial que tiene por objeto tutelar bienes del dominio público”.
La norma, destacó, precisa que una vez vencidos los plazos otorgados para la desocupación de los inmuebles y tramitada la ejecución en Fiscalía de Estado u organismo municipal correspondiente, “que gestione el desahucio del inmueble", corresponde acudir a la Justicia para “el inmediato lanzamiento de todos los ocupantes del inmueble".
El fallo es de primera instancia, por lo que puede ser impugnado.
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