La localidad extendió la suspensión de nuevas habilitaciones, sin embargo otorgará hasta 20 licencias excepcionales.
La Municipalidad de Villa La Angostura resolvió extender la prohibición de nuevas habilitaciones de Alojamientos Turísticos Temporarios (ATT). La medida busca regular el crecimiento de la oferta turística en la localidad cordillerana mientras se avanza en la revisión de la normativa vigente y en la planificación territorial.
La decisión fue oficializada mediante el Decreto N.º 2660/2026, firmado por el intendente Javier Murer, y se extenderá hasta el 31 de marzo de 2027. De esta manera se mantienen las restricciones establecidas previamente a través de los decretos 2282/2025, 2424/2025 y 1523/2026, para la autorización, habilitación, oferta y comercialización de nuevas unidades destinadas al alojamiento turístico.
La nueva disposición incorpora una excepción: el Municipio permitirá otorgar hasta 20 nuevas licencias, mediante una convocatoria pública.
Según se informó, desde que comenzó a regir la restricción se registraron 30 bajas voluntarias de licencias de alojamientos turísticos temporarios.
El decreto establece la apertura de una convocatoria excepcional para quienes deseen habilitar una unidad de alojamiento turístico temporario en Villa La Angostura.
El artículo 2.º estipula: “ESTABLÉCESE, con carácter excepcional y por única vez en el marco de la presente convocatoria, un máximo de veinte (20) cupos para nuevas habilitaciones de Alojamientos Turísticos Temporarios”.
Cada cupo corresponderá exclusivamente a una unidad de alojamiento y cada titular podrá acceder a una sola licencia, incluso cuando realice el trámite mediante representantes o apoderados.
La inscripción comenzará el martes 10 de noviembre de 2026 y permanecerá abierta durante diez días hábiles administrativos. El procedimiento se realizará a través de un formulario disponible en el sistema municipal de Autogestión.
La Secretaría de Turismo será la encargada de publicar los requisitos, la documentación necesaria y los horarios de apertura y cierre de la convocatoria.
Entre las exigencias se encuentran la identificación del propietario, los datos de la unidad que se pretende habilitar, la acreditación de titularidad del inmueble y la documentación correspondiente para iniciar el trámite.
Uno de los aspectos centrales es que únicamente se considerarán las solicitudes que presenten la documentación completa dentro del período establecido.
En este sentido, el decreto aclara que: “La presentación incompleta no reservará cupo ni prioridad”.
El Municipio también definió el mecanismo para determinar quiénes podrán acceder a las nuevas licencias.
A diferencia de otros sistemas de adjudicación, no se realizará un sorteo. Los 20 cupos se asignarán por orden cronológico de presentación de la documentación completa, según los registros del sistema municipal de Autogestión.
En caso de que dos solicitudes coincidan en fecha y horario, se utilizará el número correlativo de ingreso generado por la plataforma para establecer la prioridad.
Una vez finalizada la inscripción, la Secretaría de Turismo publicará en el sitio web oficial el listado de solicitudes admitidas, los titulares seleccionados, el orden de reserva y las presentaciones rechazadas, junto con los motivos correspondientes.
Sin embargo, el decreto establece una aclaración importante: obtener uno de los cupos no significa que el alojamiento esté automáticamente habilitado para funcionar.
Los propietarios seleccionados deberán completar los procedimientos administrativos, técnicos y de inspección exigidos por la normativa municipal antes de comenzar a desarrollar la actividad.
Las licencias otorgadas mediante esta convocatoria excepcional tendrán una vigencia de un año y no contarán con renovación automática.
El Ejecutivo municipal señaló que todavía se encuentra pendiente la instrumentación y ejecución del Plan de Ordenamiento Territorial, considerado una herramienta fundamental para definir el desarrollo urbano y turístico de Villa La Angostura.
También se planteó la necesidad de avanzar en una revisión integral de las normas que regulan los alojamientos turísticos temporarios, teniendo en cuenta el crecimiento de la actividad y sus consecuencias sobre la infraestructura local.
En los considerandos del decreto se advierte que “un crecimiento desmedido o inadecuadamente controlado puede generar efectos negativos sobre la infraestructura urbana y provocar la saturación de áreas naturales sensibles”.
La Municipalidad sostiene que cualquier ampliación de la oferta turística debe contemplar la disponibilidad de servicios básicos, el impacto ambiental, la capacidad de carga turística y las condiciones de infraestructura de la localidad.
Otro de los argumentos utilizados para justificar la continuidad de la suspensión está relacionado con los niveles de ocupación y reservas. Según el análisis mencionado en el decreto, actualmente no se advierte una insuficiencia de alojamientos turísticos que justifique levantar las restricciones de manera general.
En paralelo, el Ejecutivo reconoció que la revisión del marco regulatorio requiere un trabajo técnico y administrativo complejo, con intervención de distintas áreas municipales y participación de los sectores involucrados.
La medida se enmarca en el objetivo municipal de ordenar la actividad, regular su crecimiento y contar con información actualizada sobre la oferta y la demanda turística, de acuerdo con las disposiciones de la Ley Provincial N.º 3440.