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Anses: ¿qué tipos de incapacidades son reconocidas para acceder a la jubilación anticipada?

Anses cuenta con un régimen especial para aquellas personas que ya no pueden seguir trabajando. Los requisitos y cómo acceder.

En Argentina, muchas personas que ya no se encuentran en condiciones físicas o mentales para seguir trabajando tienen la posibilidad de acceder a una jubilación anticipada. Este régimen especial de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) establece que, si se cumplen ciertos requisitos médicos, los solicitantes pueden jubilarse mucho antes de la edad habitual establecida por ley.

Esta herramienta es clave para poder garantizar cobertura a personas que estén en una situación de vulnerabilidad, permitiendo así una salida anticipada del sistema activo. Quienes reúnan las condiciones podrán jubilarse a los 45 o a los 50 años, dependiendo de los casos.

Qué incapacidades toma la ANSES para otorgar la jubilación anticipada

Uno de los requisitos clave para acceder a la denominada jubilación anticipada es que la discapacidad debe ser del 33% o superior.

Este porcentaje fijado por la ANSES funciona como un criterio técnico para poder determinar si la persona está en condiciones de solicitar el beneficio. Para asegurar la transparencia, el grado de discapacidad debe ser debidamente evaluado y certificado por profesionales o instituciones correspondientes. Además, no puede ser un cuadro transitorio.

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Las personas discapacitadas pueden acceder a una jubilación anticipada entre los 45 y 50 años.

No existe un listado cerrado de discapacidades o patologías que garanticen automáticamente el otorgamiento del beneficio.

Lo que define si alguien puede recibirlo es un criterio evaluado por profesionales de la salud, quienes determinarán la incapacidad funcional y cómo esa condición limita su vida laboral. Si el diagnóstico médico certifica una discapacidad del 33% o superior, entonces el solicitante estará en condiciones de acceder a la jubilación anticipada.

Qué personas pueden solicitar la jubilación anticipada: todos los requisitos

Los empleados en relación de dependencia pueden solicitar la jubilación anticipada a partir de los 45 años, mientras que los autónomos y monotributistas están habilitados a hacerlo desde los 50. Es un tiempo considerablemente menor a la edad jubilatoria tradicional, fijada en 60 años para mujeres y 65 para hombres.

Además de certificar una discapacidad y su grado, otro requisito obligatorio es que el solicitante debe contar con al menos 20 años de servicios con aportes comprobables. Esto es fundamental dentro del sistema previsional, ya que garantiza que la persona que lo solicita haya tenido una trayectoria laboral registrada. También tiene que acreditar la incapacidad del 33% o superior durante los últimos 10 años previos al pedido de jubilación anticipada.

Por otro lado, el monto del haber se calculará en función del ingreso base percibido por el trabajador en los últimos 60 meses, abonando entre un 50 y 70% del mismo, dependiendo de la condición de aportante.

La Dirección de Discapacidad recibió elementos por 300 mil pesos.

Para acceder a la jubilación anticipada, se debe acreditar una discapacidad del 33% o superior.

Qué se necesita para hacer el trámite en ANSES

El trámite para acceder a este beneficio debe realizarse de manera presencial en las oficinas de ANSES y es con turno previo. Entre la documentación obligatoria que determinará si corresponde o no otorgar el beneficio están:

  • DNI (Documento Nacional de Identidad) del titular
  • Formulario PS 6.284 (Declaración Jurada sobre prestaciones)

Para trabajadores en relación de dependencia:

  • Formulario PS 6.2 (Certificación de Servicios y Remuneraciones)
  • Formulario PS 6.1 (Afectación de Haberes)
  • Formulario PS 5.7 (Derivación de Obra Social).

En el caso de que falte documentación, pueden agregar los recibos de sueldo o comprobantes de aportes.

Para trabajadores autónomos:

  • se necesitan los formularios del sistema SICAM (558/A, 558/B y 558/C) y la documentación emitida por ARCA.
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La ANSES otorgará la jubilación anticipada luego de una evaluación médica.

Las diferencias con la pensión no contributiva por invalidez

Aunque sus nombres suelen generar confusión, la jubilación anticipada por discapacidad no es igual que la pensión no contributiva por invalidez. En este último caso, el solicitante no requiere aportes ni prestación de servicios efectivos. Solo debe acreditar que se encuentra en una situación de vulnerabilidad tal que no puede proveer los medios de vida necesarios.

Las personas con trastornos neurológicos, enfermedades crónicas que limitan el desempeño laboral, discapacidades sensoriales o motoras severas, entre otras, pueden acceder a la pensión, pero solo si se demuestra que eso reduce su capacidad para trabajar en un 66% o más. La pensión equivale al 70% del haber mínimo jubilatorio y su monto se va actualizando periódicamente. En mayo 2026 tendrá un aumento de 3,38%, elevando a unos $275.000 el haber básico.

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