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La CCA publica su listado anual con los precios de los vehículos. Además, ¿qué se necesita para realizar una transferencia?.
Al momento de buscar un nuevo vehículo o comparar precio para la transferencia del propio, las personas deben tener en cuenta que el precio puede variar por diferentes factores. Para tener una idea de cómo empezar la negociación para comprar o vender un auto usado, lo ideal es ingresar a la web oficial de la Cámara del Comercio Automotor (CCA) y conocer su valor en 2025.
Al ingresar a su sitio web oficial, la CCA aclara que todos los precios no son oficiales y deben tomarse como estimativos al momento de realizar la transferencia de un auto usado. En total, cuenta con modelos que se venden en el país y fueron fabricados desde 2011.
"Los valores de los automotores expresados en la presente guía son estimativos y orientativos, confeccionados en base a operaciones realizadas y encuestas periódicas al sector comercializador, integrado por comerciantes establecidos durante el mes de diciembre de 2024. Estos valores son pasibles de variación de acuerdo con el estado de funcionamiento, conservación u otras circunstancias", detalla la CCA en su portal oficial.
"Asimismo, se aclara que en los citados valores no se incluyen gastos de transferencia, seguros, fletes, deudas, etc. Los precios de los automóviles 0km publicados surgen de la información proporcionada por los asociados en sus operaciones realizadas durante el mes próximo anterior, producto de las circunstancias de mercado, excluidos los gastos propios de la compra, aclarándose cuando las listas están expresadas en dólares", añade sobre el tema.
El listado de la CCA está compuesto por todos los autos y modelos disponibles en la empresa. En detalle, el precio que figura en algunos de los modelos usados:
El trámite para la transferencia del vehículo se puede realizar: en el registro de radicación del automotor o en el registro de la futura radicación por domicilio del adquirente.
En ambos casos, las personas deberán ingresar al portal de la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y de Créditos Prendarios (D.N.R.P.A.) y realizar la precarga, donde se asignará el turno correspondiente.
El decreto 6582/58, en su artículo 1° establece: "La transmisión del dominio de los automotores deberá formalizarse por instrumento público o privado y sólo producirá efectos entre las partes y con relación a terceros desde la fecha de su inscripción en el Registro Nacional de la Propiedad del Automotor".
Al costo de la transferencia hay que sumarle: