Así lo indica el nuevo proyecto para restituir la cuarta categoría. La iniciativa prevé la eliminación de beneficios otorgados por leyes provinciales a funcionarios que permite dejar fuera del cálculo importes como los viáticos
El nuevo proyecto de ley para restituir el Impuesto a las Ganancias de la cuarta categoría implicará que van a pagar el tributo muchos más trabajadores de lo previsto, en caso de que se apruebe en el Congreso sin modificaciones.
De acuerdo con estimaciones del estudio contable Lisiki, Litvin y Asociados, si el impuesto sale como está propuesto los trabajadores solteros con salarios netos (de bolsillo) desde $916.364.86 y si son casados con hijos desde $1.212.217,06 de ingresos mensuales por mes.
Es una reducción mucho más importante de lo que había trascendido hace unos días, cuando se hablaba de un mínimo de $1.250.000.
El nuevo texto autoriza al Poder Ejecutivo a incrementar hasta un 30% las deducciones del impuesto y las categorías, para ajustarlas más rápidamente en un contexto inflacionario como el actual.
También el proyecto elimina ciertos beneficios que tienen dietas de legisladores y salarios de funcionarios públicos que permitían eliminar de la base imponible algunos items, amparados en legislaciones provinciales o particulares.
Entre ellos figuran, según el texto de la ley "gastos de representación, viáticos, viandas, movilidad, bonificación especial, protocolo, riesgo profesional, coeficiente técnico, dedicación especial o funcional, responsabilidad jerárquica o funcional, desarraigo, bono por productividad, horas extras o por cualquier otro concepto, cualquiera fuera la denominación asignada o que se le asigne”.
También se menciona: “los distintos conceptos que bajo la denominación de beneficios (sociales o de cualquier otra naturaleza) y/o vales de combustibles o por cualquier otro concepto, extensión o autorización de uso de tarjetas de compra y/o crédito, vivienda, viajes de recreo o descanso, pago de gastos de educación del grupo familiar u otros conceptos similares, sean otorgados por el empleador o a través de terceros a favor de sus dependientes o empleados, se encuentran alcanzados por este impuesto, aun cuando no revistan carácter remuneratorio a los fines de los aportes y contribuciones al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) o regímenes provinciales o municipales análogos”.
Por otro lado, la nueva ley dispone que entre en vigencia con retroactividad al 1ro de enero de este año. En ese caso, los trabajadores alcanzados deberían pagar importes retrasados de enero, febrero y marzo, por lo menos, mientras no quede aprobada la ley en abril. Pero se prevé compensar esa deuda con una deducción especial equivalente.
Además, se prevé también convalidar por ley el incremento del piso del Impuesto y la suba de categorías que decretó el año pasado el gobierno desde septiembre, que permitió que 1 millón de empleados dejarán de pagar. Como esa mejora se había concedido por decreto, requería que se convalidara por ley para evitar que la AFIP la descontara a partir de este año.