El Renaper actualizó el modelo para mejorar su seguridad. En qué casos será obligatorio renovarlo y el costo en agosto 2026.
Con el lanzamiento del nuevo modelo del Documento Nacional de Identidad (DNI), algunas personas se verán obligadas a cambiarlo por su versión actual, aunque esto no será generalizado y solo ocurrirá en determinados casos puntuales. En este contexto, el Registro Nacional de las Personas (Renaper) precisó quiénes deberán sí o sí hacer el trámite para pasarse la última actualización.
El Gobierno nacional presentó a principios de año el nuevo modelo de DNI para adecuarse a estándares internacionales de seguridad con el objetivo de reducir los riesgos de fraude documental, agilizar los controles de identidad y modernizar el sistema. Una de sus novedades es la inclusión de un chip electrónico sin contacto, que almacena información personal y biométrica en formato encriptado e impide el acceso no autorizado a los datos.
El lanzamiento de la nueva versión no implica una renovación obligatoria masiva ni inmediata. Los documentos emitidos bajo el formato anterior conservan plena validez hasta la fecha de vencimiento que figura impresa en el frente de cada tarjeta. La transición será de forma progresiva a medida que los modelos anteriores vayan caducando.
Sin embargo, existen casos puntuales para los que sí será obligatorio. Entre los que se encuentran:
Las personas extranjeras residentes en el país deben renovar su DNI bajo las mismas condiciones que los ciudadanos argentinos, con el formato actualizado que incluye información específica sobre su nacionalidad y situación migratoria -país de nacimiento, número de juzgado y fecha de naturalización-, pero con un cuadro tarifario diferente.
El trámite para cambiar el modelo del documento es presencial en registros civiles, centros de documentación del Renaper o puntos habilitados. El turno puede solicitarse a través del sitio web oficial o mediante la aplicación Mi Argentina. El paso a paso es el siguiente:
Los valores para tramitar en el nuevo DNI se mantienen dentro del esquema habitual del Renaper y varían según los casos:
En el caso de los extranjeros, el valor es el siguiente: