El juez le concedió el pedido del fiscal. Los argumentos que dio, los detalles que describió el fiscal y lo que habían pedido los abogados defensores.
La audiencia de control de detención en la causa por la muerte de Ángel López, el niño de 4 años fallecido en Comodoro Rivadavia, se celebró este martes 14 de abril en los tribunales del barrio Roca y tuvo un desenlace contundente: el juez dispuso prisión preventiva por 6 meses para la madre del menor, Mariela Altamirano, y para su pareja, Michel Kevin González. La investigación quedó formalmente fijada para el mismo plazo.
Al fundamentar su decisión, el magistrado Alejandro Solís descartó las alternativas propuestas por las defensas y fue categórico respecto del presunto origen de las lesiones que causaron la muerte del pequeño:
"Podemos afirmar con la certeza que requiere esta instancia, que estos golpes no han sido producto de una situación accidentada y de que a cargo del cuidado estaban González y Altamirano", sostuvo para fundamentar su decisión, que avaló el pedido de la fiscalía.
El juez agregó que "la madre no ha hecho nada para interrumpir este maltrato" ni le brindó auxilio al niño, según consignó ADNSUR.
El fiscal jefe Cristian Olazábal había trazado ante el juez una reconstrucción precisa de los hechos.
En su presentación del caso señaló que los testimonios relevados configuran una "matriz de violencia sistémica" en la pareja, que abarcó tanto maltrato físico como descuido del menor.
Olazábal destacó que la autopsia preliminar descartó patología previa, lo que —a su entender— permite concluir que las lesiones craneales fueron infligidas por un tercero.
La imputación divide roles. Ubica al padrastro de Ángel como el posible autor material de actos de violencia y a su madre, como participante en los mismo, por no intervenir.
"Nosotros le atribuimos la conducta activa a González y la comisión por omisión a Altamirano, que tenía el deber de cuidado sobre su hijo", sostuvo Olazábal.
El fiscal también cuestionó una contradicción en la versión de la madre: dijo haber realizado maniobras de RCP durante 45 minutos, pero no explicó por qué el otro adulto que estaba en el domicilio llamó a una ambulancia en ese momento.
Cuando Ángel llegó al Hospital Regional, según remarcó, ya no tenía actividad cerebral.
Para fundar el peligro de entorpecimiento, el fiscal apuntó al temor de los testigos —vecinos del barrio que reconocieron no animarse a declarar— y a un dato de peso: una vecina habría referido que González incineró la ropa del niño tras su muerte, con el aparente propósito de destruir evidencia.
En cuanto al riesgo de fuga que justifica la prisión preventiva, Olazábal subrayó que ninguno de los dos imputados tiene arraigo en Comodoro Rivadavia.
Según expuso, González tiene hijos en Tierra del Fuego y familia en Córdoba; mientras que Altamirano es oriunda de Misiones, donde reside un hijo mayor de edad.
La abogada defensora de la madre del pequeño fallecido había planteado que la autopsia no permite precisar la fecha de las lesiones, que podrían retrotraerse hasta el 29 de marzo.
También señaló que el estudio forense indica que la inflamación cerebral que derivó en la muerte admite otras causas, además de posibles los golpes.
Sostuvo también que no hay pruebas de que su defendida hubiera presenciado las agresiones y que, dado que las lesiones no eran visibles externamente, difícilmente hubiera podido advertirlas.
Para evitar la preventiva, propuso medidas alternativas: presentaciones dos veces por semana ante la oficina judicial y prohibición de salir de la ciudad.
La defensa de González siguió una línea similar. Su abogado argumentó que la muerte pudo haberse originado en causas distintas al trauma, como meningitis o tumores.
También afirmó que no existe certeza sobre el momento en que se produjeron las 20 infiltraciones detectadas en el cuero cabelludo, que no eran visibles desde el exterior.
Y planteó que imputar un homicidio doloso no tiene sustento con los elementos disponibles en esta etapa.
El juez, sin embargo, rechazó las dos posturas. Formalizó la investigación, otorgó al Ministerio Público Fiscal el plazo de seis meses que había solicitado y dispuso la prisión preventiva para ambos imputados, ante la concurrencia del peligro de fuga y del riesgo de entorpecimiento del proceso.
Al terminar la audiencia, los familiares de Ángel salieron de la oficina judicial y protagonizaron un aplauso masivo tras la decisión del juez. Su padre, previamente, les había gritado asesino a los dos imputados.
La investigación, que apunta a determinar qué ocurrió en las horas previas a la internación del niño, deberá avanzar en los próximos seis meses en un expediente atravesado por denuncias de violencia, testimonios de vecinos y la autopsia definitiva aún pendiente.
La figura de homicidio agravado por el vínculo prevé penas de prisión perpetua, aunque la calificación es objeto de discusión entre las partes. El propio fiscal advirtió que la imputación podría ir mofidficándose. "Sabemos que es el inicio de la investigación y que puede mutar. Incluso para peor respecto de González y Altamirano", explicó tras la audiencia.