El hombre fue declarado responsable en la Justicia por el hecho. La jueza tuvo en cuenta su testimonio y el miedo que sintió tras la amenaza.
Una amenaza durante una discusión de pareja terminó con un hombre declarado culpable en Caviahue. La frase que le dijo a la mujer fue uno de los puntos centrales del juicio, en el que la Justicia analizó qué había ocurrido y por qué esas palabras no podían tomarse como un simple insulto en medio de una pelea.
El hecho ocurrió a principios de noviembre de 2025, en la casa que compartían. Durante una discusión, el hombre le dijo a su pareja: “Te tengo entre ceja y ceja. Como lo saqué con los pies para adelante al otro, lo voy a hacer con vos”.
La fiscal Laura Pizzipaulo y el asistente letrado Guillermo Rodríguez sostuvieron la acusación y explicaron que la amenaza debía analizarse en el contexto de la relación. Según plantearon durante el juicio, la mujer atravesaba situaciones de control y violencia.
Además, señalaron que el acusado había sido condenado anteriormente por homicidio, aunque ya había cumplido esa pena. La mujer conocía ese antecedente y, para la fiscalía, ese dato era importante para entender el miedo que le provocaron sus palabras.
El hombre llegó a juicio acusado de amenazar a su pareja, pero su defensa pidió que fuera absuelto. Argumentó que la denuncia estaba relacionada con una disputa económica entre ambos, principalmente por un vehículo que compartían.
También cuestionó que hubiera pruebas suficientes para considerar que se había cometido un delito. Entre otros puntos, remarcó que nadie había presenciado la conversación y que no se habían constatado lesiones físicas.
Sin embargo, la jueza Bibiana Ojeda no compartió esa interpretación. Al analizar el caso, consideró que la frase no había sido un exabrupto aislado durante una discusión por dinero.
Para tomar su decisión, la jueza valoró el relato de la mujer y otros elementos presentados durante el juicio. Entre ellos, tuvo en cuenta los testimonios de profesionales que describieron el temor que había sentido después de la amenaza.
Con esas pruebas, Ojeda declaró a L.F.B. penalmente responsable del delito de amenazas simples, en calidad de autor, según los artículos 149 bis y 45 del Código Penal.
Ahora resta conocer la sentencia escrita, que será difundida dentro del plazo legal. El nombre completo del condenado y otros datos del caso se mantienen en reserva para proteger la identidad y la intimidad de la víctima.