{# #} {# #}
Un caso de presunta violación de un hombre a su ex pareja llegó a juicio ante un jurado popular que, luego de ocho jornadas de producción de prueba, no pudo condenar al hombre. Más de 30 testigos y un diagnóstico clave fueron las bases de la causa. ¿Qué puso en duda el hecho?
El caso, que llegó a juicio a fines de octubre, denota una particularidad y es que se trata de un fallo de no culpabilidad respecto de una denuncia de abuso sexual, emitido nada más y nada menos que por un tribunal popular.
El hecho que llegó a juicio no parece particularmente una situación inédita, pero una serie de aristas detectadas por la defensa permitieron echar por tierra la acusación.
El derrotero de la causa recién inició en septiembre de 2020, pero lo cierto es que el hecho denunciado era ubicado tres años antes. Las identidades de las víctimas y ciertos lugares geográficos mencionados se mantendrán bajo reserva por la naturaleza de la discusión.
Según la acusación que encabezó el fiscal jefe Maximiliano Breide Obeid, la mujer víctima había sido violada luego de parir a su bebé el 26 de julio de 2017. Presuntamente en los días posteriores, el hombre violó a quien era su ex pareja (aunque aún convivían, según la denunciante) y ello decantó en una "crisis de despersonalización producto de un estrés postraumático" a raíz de la agresión sexual, el día 4 de agosto de ese mismo año.
La mujer ingresó ese día al hospital Castro Rendón, fue asistida y una vez que se logró estabilizarla, recuperó el alta médica, continuando con un tratamiento psicológico y psiquiátrico de manera ambulatoria a partir del día 14 y en los meses posteriores.
Lo cierto es que la mujer ya no mostraba voluntad para hacer cosas tan básicas como cuidar de sí misma ni de su bebé, casi no hablaba, y así se decidió finalmente que se iría a vivir con sus padres y su bebé a otra localidad, de donde es oriunda. Esto comenzó a dificultar el vínculo del acusado con su hijo, por lo que el hombre se decidió a judicializar el asunto para establecer un régimen de contacto, sin mucho éxito. De acuerdo a la prueba, el hombre sólo pudo ver unas seis veces a su hijo desde la separación de la pareja y la causa continúa en proceso, sin una sentencia fija.
En 2019, la mujer inició otro tratamiento con un psicólogo particular, el primer profesional en diagnosticar un "estrés postraumático". Finalmente, en septiembre de 2020, denunció a su pareja de violación, contando a sus allegados que el hecho había ocurrido tras el parto y en un contexto de violencia previa que su pareja ejercía hacia ella. Este presunto hecho, sostuvo, había sido el desencadenante de todo su malestar psicológico.
Luego de la investigación que llevó adelante la fiscalía, el hombre llegó a juicio acusado como autor del delito de abuso sexual con acceso carnal agravado por el grave daño ocasionado a la salud de la víctima.
Lo cierto es que contrariar lo denunciado por una mujer, principalmente respecto de hechos de violencia de género y/o abuso sexual, es un terreno, cuanto menos, complejo. Las leyes actuales obligan a todas las partes a actuar (en cualquier etapa del proceso) con perspectiva de género y ello implica no revictimizar, no atacar y no juzgar a la víctima.
Es por ello que la investigación se vuelve más sinuosa, trabajo que en este caso se les encomendó a la defensora pública Solange Del Ponte y los defensores Matías Gómez Congost y Mauricio Macagno.
Los defensores, atentos a los límites que establece la ética profesional, debían conseguir la prueba necesaria para contrarrestar la presentada por la fiscalía (y demostrar la inocencia que su defendido alegaba), sin buscar motivos ni puntos de ataque hacia la denunciante.
Finalmente, todo se centró en una sola cuestión: el brote psicótico del 4 de agosto no sólo era la prueba del abuso (para la acusación) sino también el agravante de la figura penal, con lo cual la evidencia que lo sustentaba debía ser irrefutable para dar por probado el abuso, algo que el jurado popular consideró que no se logró.
Lo cierto es que los defensores pudieron establecer que el cuadro psicológico de la mujer comenzó a gestarse incluso antes del presunto día del hecho (que la fiscalía establecía en el día previo a la internación, es decir, el 3 de agosto de 2017). Es que, un obstetra que la revisó durante un control postparto el día 28 de julio de ese año mencionó que no se encontraba ubicada en tiempo y espacio, y ante otros síntomas, diagnosticó una "psicosis puerperal", un trastorno psicológico desencadenado por el parto.
El día 4 de agosto (la internación), los médicos del SIEN y del Hospital Castro Rendón coincidieron en el diagnóstico al revisarla y también teniendo en cuenta las declaraciones de su familia -que señaló que en los últimos días se la veía rara, desorientada, retraída y desapegada de su bebé. Su pareja había observado lo mismo en esos días tras el parto y así lo informó.
Incluso, el día del presunto abuso (3 de agosto), la mujer y su pareja no habían estado juntos.
El único examen médico físico que se le practicó al momento de su ingreso al centro de salud indicó que su estado era "normal", sin mención de ningún tipo de lesión, mucho menos alguna compatible con un abuso sexual.
El psiquiatra que la atendió durante un año a partir de agosto de 2017 no sólo llegó también a la conclusión de la psicosis propia del parto, sino que indicó que el cuadro devino posteriormente en una "depresión postparto".
A diferencia de él, el profesional que atendió desde 2019 a la denunciante y una perito psiquiatra del Gabinete de Psicología y Psiquiatría del Poder Judicial, llegaron a la conclusión del "estrés postraumático por abuso", con un detalle clave: para arribar al diagnóstico, no tuvieron en cuenta los diagnósticos previos ni el episodio de crisis 10 días luego del parto. Solamente se basaron en lo contado por la víctima.
Toda esta prueba, sumada a las contradicciones que presentaron algunos testigos de la fiscalía, claramente sembraron la duda en el jurado popular, que decidió luego de ocho jornadas y más de 30 testigos que se presentaron en el debate, declarar no culpable al hombre.
Tras el fallo absolutorio, el denunciado espera poder retomar el vínculo con su hijo.