El juez ratificó que el hombre sometió a la joven "mediante un esquema de premios y castigos que fueron naturalizados por la víctima".
El empresario J.R. que abusó durante 19 años de su hijastra fue condenado a 17 años de prisión. La pena impuesta es menor a la solicitada por la fiscalía y la querella, que había sido de 20 años.
En primer lugar, para establecer el monto de la condena, el juez Marco Lupica Cristo consideró como principales agravantes la extremada prolongación en el tiempo en el que se desarrolló el delito, que fue continuado.
En segundo lugar, valoró los particulares mecanismos de sometimiento hacia la víctima que permitieron que el delito se extendiese por tantos años. En sus fundamentos, señaló que se aprovechó desde una edad muy temprana de la víctima en su rol de padre adoptivo y sostén económico, al tiempo que se hacía pasar por médico (aunque no lo era) y actuaba como un supuesto "mediador espiritual".
Estos elementos, remarcó el juez, le permitieron "imponer un fuerte sistema de normas y creencias que debían seguirse, mediante un esquema de premios y castigos que fueron naturalizados por la víctima".
En tercer lugar, Lupica Cristo tuvo en cuenta la extensión del daño, manifestado fundamentalmente en las secuelas psicológicas provocadas a la víctima y que fueron diagnosticados por diversos profesionales como trastorno de estrés postraumático complejo.
La fiscalía y la querella habían solicitado el máximo de pena que prevé el Código Penal para este tipo de delito, que es abuso sexual con acceso carnal continuado, agravado por el grave daño en la salud física o mental de la víctima, por ser encargado de la guarda y por el aprovechamiento de la convivencia preexistente con una menor de 18 años.
La defensa, por su parte, solicitó una pena de 8 años y 6 meses de prisión, medio año por encima del mínimo de pena para ese delito.
El Ministerio Público Fiscal adelantó este dato central en medio del juicio de cesura por abuso sexual con acceso carnal continuado agravado y corrupción de menores que comenzó el lunes y concluirá en esta jornada con la realización del alegato de clausura de la defensa.
El fiscal jefe Maximiliano Breide Obeid realizó su alegato junto a la asistente letrada Cecilia Sabatte, mientras que el abogado particular que intervine como querellante, Carlos Caroselli, adhirió al pedido de pena de la fiscalía.
En su exposición, el fiscal jefe sostuvo que la pena aplicable va de 8 a 20 años de prisión y planteó que la gravedad de las circunstancias acreditadas durante las diez jornadas de juicio justificaba que se imponga el máximo.
Uno de los principales agravantes señalados fue la extensión temporal de los abusos: los hechos se prolongaron durante 19 años. A eso sumó la diferencia de edad y de poder entre J.R. y la víctima, además del aprovechamiento de la convivencia y de la situación de guarda.
El juez Marco Lupica Cristo, sin embargo, condenó al hombre a una pena de 17 años de prisión efectiva. Como atenuantes consideró la ausencia de antecedentes condenatorios previos y, en menor medida, algunos problemas de salud del imputado planteados por la defensa y referidos obesidad y epoc.
Otro de los puntos centrales estuvo relacionado con la modalidad en la que se desarrollaron los abusos y con las distintas formas de manipulación ejercidas sobre la víctima durante su infancia y adolescencia.
Breide Obeid mencionó el aislamiento, la imposición de determinadas creencias y reglas y el control sobre distintos aspectos de la vida de la víctima. También hizo referencia a las anotaciones relacionadas con los abusos que la víctima realizó en cuadernos y que fueron incorporadas como prueba durante el debate.
El fiscal jefe sostuvo además que el trauma provocado por los hechos puede generar consecuencias durante la vida adulta de la víctima y afectar su vínculo con su hijo.
A esos factores sumó conductas que el imputado habría desplegado durante el proceso con el objetivo de demorar o evitar el juzgamiento. En especifíco, hubo una audiencia donde el empresario acorralado por las pruebas fingió un ACV y tuvo que ser revisado por peritos y constataron el episodio simulado.