La acusada, Luciana Bianca Mailén Quinchao, fue juzgada junto a otras tres personas investigadas en la misma causa. Tenía además una condena previa.
La Justicia de la provincia de Neuquén condenó este martes a una mujer acusada de vender drogas a bordo de un auto bajo la modalidad de "delivery". De acuerdo con la investigación, comercializaba sustancias bajo una modalidad de entrega en distintos puntos de Zapala.
El Ministerio Público Fiscal (MPF) la condenó a seis años de prisión de cumplimiento efectivo.
Se trata de Luciana Bianca Mailén Quinchao, quien fue investigada por concretar al menos diez operaciones de venta de estupefacientes entre enero y abril de este año.
La condena fue impuesta este martes 29 de septiembre durante una audiencia en la que también se resolvió la situación de otras tres personas investigadas en la misma causa. La investigación estuvo encabezada por el fiscal jefe Matías Álvarez y el asistente letrado Guillermo Rodríguez.
Pese a que la pena es de cumplimiento efectivo, Quinchao comenzó a cumplirla bajo prisión domiciliaria en Plottier, debido a que actualmente no existe cupo disponible para alojarla en una unidad de detención de mujeres.
La mujer ya tenía, además, una condena previa por un hecho vinculado con la comercialización de drogas, que fue unificada con la nueva sentencia y elevó la pena definitiva a seis años.
De acuerdo con la teoría del caso presentada por la fiscalía, Quinchao realizaba entregas de droga a cambio de dinero en distintos sectores de Zapala. Los investigadores reconstruyeron diez hechos ocurridos durante los primeros meses de 2026.
El primero de los episodios ocurrió el 17 de enero, cuando realizó dos entregas mediante un vehículo. Posteriormente, el 21 de febrero concretó otras cuatro operaciones en diferentes puntos de la ciudad y el 13 de marzo llevó adelante otras cuatro maniobras.
La investigación avanzó hasta que, el 9 de abril, las autoridades allanaron el alojamiento que alquilaba la acusada.
En el lugar fueron secuestrados 685 gramos de cogollos de marihuana distribuidos en distintos envoltorios y cocaína fraccionada, además de otros elementos que fueron vinculados con la comercialización de estupefacientes.
Durante la audiencia, Álvarez y Rodríguez detallaron las pruebas con las que contaba la Fiscalía para llevar el caso a juicio. Entre ellas mencionaron informes de la División Antinarcóticos de Zapala, las actas y resultados del allanamiento, análisis químicos que confirmaron la presencia de THC y clorhidrato de cocaína y una pericia informática realizada sobre los teléfonos secuestrados.
Finalmente, Quinchao fue condenada como autora del delito de comercialización de estupefacientes en dosis fraccionadas destinadas al consumidor, bajo la modalidad de delito continuado.
En el marco de un acuerdo pleno, las partes habían establecido inicialmente una pena de cuatro años de prisión efectiva y una multa de 45 unidades fijas, equivalente aproximadamente a $5 millones.
Para determinar la pena también fueron consideradas las circunstancias personales de la mujer, entre ellas que tiene un hijo menor a cargo y las condiciones de vulnerabilidad informadas durante el proceso.
Sin embargo, Quinchao tenía un antecedente reciente. En octubre de 2025 había sido condenada a dos años de prisión de cumplimiento condicional por un hecho de comercialización de estupefacientes en grado de tentativa.
Los nuevos hechos fueron cometidos mientras todavía se encontraba dentro del período de condicionalidad de aquella sentencia. Por ese motivo, la jueza Leticia Lorenzo revocó esa modalidad y unificó ambas penas, estableciendo una condena definitiva de seis años de prisión de cumplimiento efectivo.
Quinchao aceptó el acuerdo y quedó detenida desde la audiencia.
Según informó el MPF, actualmente no existe cupo para alojarla en una unidad de detención de mujeres, por lo que comenzó a cumplir la condena bajo la modalidad domiciliaria en Plottier.
La jueza ordenó verificar la disponibilidad de un dispositivo de vigilancia electrónica para controlar el cumplimiento de la prisión domiciliaria.
Hasta que eventualmente sea colocado, se estableció que personal policial realice rondines sorpresivos en el domicilio donde Quinchao cumple la pena.
Durante la misma audiencia también se definió la situación procesal de otras tres personas que estaban bajo investigación en la causa.
En el caso de C.J.J.C., la Fiscalía reformuló la acusación y le atribuyó seis hechos de comercialización de estupefacientes en carácter de partícipe necesario. La investigación en su contra continuará.
Por su parte, C.A.R. accedió a una suspensión del juicio a prueba por un año y tres meses. Entre las reglas establecidas, deberá realizar presentaciones ante Población Judicializada y mantener actualizado su domicilio. Además, la Justicia ordenó el decomiso de $3.515.000 secuestrados durante la investigación.
Finalmente, a pedido de la Fiscalía, se dispuso el sobreseimiento de B.E.P., debido a que los elementos reunidos durante la pesquisa no permitieron sostener su participación en los hechos investigados.