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Quedaron presos los dos asesinos de Juan Caliani: tensión por el último pedido de la defensa

Mateo Guillermo Herrera y Cristian Joel Miño llegaron libres a la audiencia. Se les asignará una unidad de detención para el cumplimiento efectivo de las condenas.

La sala 10 de la Ciudad Judicial de Neuquén registró un fuerte momento de tensión durante la audiencia donde se presentaron Mateo Guillermo Herrera y Cristian Joel Miño, ambos condenados por el asesinato del periodista Juan Caliani. Se esperaba que comiencen a cumplir la pena de prisión efectiva, después de dos años del crimen, y su defensa realizó un impactante pedido que finalmente fue rechazado.

Cabe destacar que Miño y Herrera llegaron en condición de libertad a la audiencia clave porque aunque pocos días después del asesinato cometido el 1º de abril de 2024, fueron declarados responsables, al ser menores de edad, con 16 y 17 años, permanecieron bajo el programa de Libertad Asistida. Este, según se analizó, no funcionó por los reiterados incumplimientos de las reglas de conducta con desgarradores episodios de violencia, y finalmente fueron condenados a 9 y 6 años de prisión efectiva.

Por su parte, la familia Caliani no convocó a una movilización aunque anteriormente el recorrido judicial estuvo marcado por reclamos ante la sensación de impunidad. En este sentido, Ana Mercado, la mamá, manifestó este martes: "6 de mayo de 2026, se hará efectiva la prisión de tus asesinos. Más de dos años de dolor. Justicia tardía. Dos asesinos declarados culpables a días de tu crimen han estado en libertad, mostrando la impunidad de la que han gozado".

ON - Marcha Juan Caliani (14)

Además, remarcó: "Muy pocos años de condena y una justicia reparadora que no nos fue concedida. Hijo, siempre con nosotros. Te amamos, te extrañamos todos los días”.

Qué pidió la Defensa de los asesinos de Juan Caliani

En este contexto, la audiencia de este miércoles 6 de mayo tenía previsto que se oficializara el comienzo de las penas por lo cual quedarían detenidos en una unidad. Pero, en primera instancia, Mariela Borgia y Luciana Petraglia, en representación de la Defensa pidió que la prensa no pueda estar presente "al tratarse de jóvenes menores de edad", remarcando que fueron juzgados bajo el régimen de la Ley provincial 2302, ya que al momento del hecho, el 1 de abril, tenían 16 y 17 años.

La jueza Raquel Gass rechazó la solicitud debido a que los condenados ya son mayores de edad, y luego, realizaron un segundo pedido que generó angustia en la querella: Borgia y Petraglia solicitaron que no los envíen a la cárcel ni a la comisaría. Como argumentos remarcaron que no están las garantías dadas para que dos jóvenes casi adolescentes estén allí con un grupo de convictos, sumándole también la crisis carcelaria que existe en la provincia.

Ademas, se amparó bajo los derechos del niño donde la psiquis del joven se vería destruída ya que el desarrollo del joven se da a los 34 años.

ciudad judicial neuquen

A su vez, intentó reducir el tiempo de cumplimiento de prisión dado que al tratarse de jóvenes que eran menores cuando cometieron el delito, los imputados estuvieron bajo arresto excepcional y arraigo institucional, entendiéndose como una prisión domiciliaria para menores de edad.

En este contexto, la defensa exigió que al momento del cómputo del total de la pena se le descuente este tiempo, sumándole la prisión domiciliaria a partir del final de esta audiencia.

Finalmente, la jueza rechazó el primer requerimiento de la defensa y dio lugar al otro, de modo que, al momento de realizar el cómputo de la pena, se deberá considerar el tiempo en que los jóvenes se encontraron con arresto domiciliario durante el proceso.

De esta manera, Herrera y Miño quedaron detenidos y fueron trasladados a una comisaría hasta tantos se les asigne una unidad de detención para el cumplimiento de la prisión efectiva.

Cabe recordar que el fiscal Germán Martín pidió 6 años de prisión para quien sujetó a la víctima, Miño, y 9 años de prisión para quien la apuñaló, Herrera. En tanto, Federico Egea, el abogado querellante solicitó penas de 9 y 12 años, respectivamente, también diferenciando los roles de cada uno. Finalmente, el juez Dardo Bordón, quien los declaró culpables determinó la pena solicitada por fiscalía, pero el Tribunal de Impugnación integrado por Florencia Martini, Richard Trincheri y Federico Augusto Sommer, dictó una sentencia que redujo la pena.

De esta manera, impusieron a Mateo Guillermo Herrera la pena de ocho años y seis meses de prisión de efectivo cumplimiento y a Cristian Joel Miño la pena de cinco años y ocho meses de prisión de efectivo cumplimiento.

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