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En la tarde de este martes, la Comisión Nacional de Valores (CNV) anunció un nuevo límite para la venta de esas divisas de manera de evitar que el Banco Central (BCRA) tenga que seguir interviniendo en el mercado. Por el otro, la propia autoridad monetaria dispuso modificaciones en el mecanismo anticipado de importaciones.
Esta última medida se llevará a cabo “si en los 30 días corridos anteriores no se concertaron operaciones de venta valores negociables nominados y pagaderos en dólares emitidos por la Argentina bajo ley local, con liquidación en moneda extranjera, en segmento PPT. A su vez se dispuso que “existe manifestación fehaciente de no realizar operaciones definidas en punto a- partiendo del momento en que se liquidan las referidas operaciones y por los treinta días corridos subsiguientes”.
Concretamente, a partir de la Resolución 907/21 de la Comisión Nacional de Valores (CNV) se dispuso:
1-Se establece un límite de 50 mil nominales semanales para la venta de valores negociables denominados en dólares y emitidos bajo ley local con liquidación en moneda extranjera, en el segmento PPT, considerando tanto operaciones MEP como Cable.
2- Solo se podrán cursar órdenes para concertar operaciones con valores negociables con liquidación en moneda extranjera o realizar transferencias de valores negociables desde o hacia entidades depositarias del exterior, si
3-Se dispone el cese de las restricciones a la venta de valores negociables denominados en dólares y emitidos bajo ley extranjera con liquidación en moneda extranjera.