El Banco Nación especifica de qué modo acceder a este beneficio para aquellas personas que mantienen deudas con el BNA u otras entidades.
De acuerdo a un informe del Centro de Economía Política Argentina (CEPA) -cuya fuente informativa fue la Central de Deudores del Banco Central- el número de deudores argentinos alcanzó la cifra de 5.962.892 de personas en agosto de 2026. El BNA ofrece estas líneas para desendeudarte con cualquier banco. ¿Cómo acceder a este beneficio?
A través de la Central de Deudores del BCRA, se puede obtener un informe consolidado por clave de identificación fiscal (CUIT, CUIL o CDI), respecto de financiaciones otorgadas por entidades financieras, fideicomisos financieros, entidades no financieras emisoras de tarjetas de crédito/compra, otros proveedores no financieros de créditos, sociedades de garantía recíproca, fondos de garantía de carácter público y proveedores de servicios de crédito entre particulares a través de plataformas. Además, cheques rechazados.
El Banco Nación, a través de su programa Consolidación de Deudas, permite solicitar un préstamo personal para sanear la situación de un deudor en el sistema financiero. El dato clave es que este plan posibilita unificar todas las obligaciones en el sistema financiero, tanto en el BNA como en otras entidades, en un solo préstamo con cuotas mensuales.
Este préstamo personal promueve una gestión más ordenada y previsible de las obligaciones asumidas por el deudor y que este se obtiene a sola firma.
A su vez, el BNA resalta que este préstamo personal está destinado a personas humanas pertenecientes a la Cartera Haberes o Previsional que perciban sus haberes en el Banco Nación o Cartera Abierta o Previsional que comiencen a percibir los mismos en el Banco Nación, debiendo todos ellos encontrarse en Situación 2 -tipificada como riesgo bajo, atraso de más de 31 y hasta 90 días- en la institución.
El préstamo personal que forma parte del plan de Consolidación de Deudas del Banco Nación presenta estos principales aspectos:
El Banco Nación puntualiza que, en forma adicional a la documentación habitual, se deberá presentar una nota o liquidación emitida por la/s entidad/es acreedora/s donde se acredite fehacientemente la/s deuda/s que declara, la cual deberá contener: