Un padre albañil en busca de justicia: la madre se fue y él solicita una cuota alimentaria
El hombre solicitó ayuda porque no puede afrontar los gastos. La mujer se fue a vivir a otra provincia y no tiene contacto con los menores.
Un trabajador del Alto Valle, que hace changas como albañil, y cría solo a dos hijos adolescentes, fue a la Justicia para reclamar a la madre el pago de una cuota alimentaria porque él los tiene bajo su exclusivo cuidado. La mujer se fue a vivir a otra provincia, dejó a los niños con el padre y perdió todo contacto con ellos desde entonces.
El hombre presentó, a principios del 2024, una demanda de alimentos contra la progenitora de los adolescentes, reclamando que se establezca en “concepto de prestación alimentaria” el 30% de los haberes que percibe la mujer y para el supuesto que no tenga trabajo registrado, pidió una cuota equivalente a un salario mínimo, vital y móvil.
El hombre tiene bajo su entero cuidado a dos hijos de 13 y 17 años y dijo que la madre se fue a vivir a otra provincia y la relación de ella con sus hijos “nunca fue buena”, por lo cual los chicos no quieren verla.
Explicó que el hijo mayor estudia en un colegio técnico en Roca, que requiere de mayores insumos para estudiar, y además debe cubrir un tratamiento médico por psoriasis, por lo cual él no alcanza a cubrir los gastos de ambos.
La madre vive y trabaja en otra provincia
El padre es el único responsable del cuidado y crianza ya que la progenitora reside en Mendoza, y no tiene contacto con los mismos y “no colabora en nada, ni desde lo afectivo ni desde lo económico”, sostuvo en su presentación.
El vecino argumentó que no cuenta con un ingreso fijo, dado que se dedica a la albañilería y viven de ingresos variables y la AUH que recibe.
La mujer aceptó el pedido, pero argumentó que tiene trabajo esporádico y solicitó que la cuota se adecúe a sus circunstancias y posibilidades económicas, porque trabaja en tareas de limpieza en casas particulares, cosecha de tomates y trabajos de costura. Inicialmente había ofrecido pagar $60.000 de cuota. También sostuvo, en su defensa, que el padre le impide el contacto con los menores, por lo que pretende establecer un régimen de comunicación.
“Las prestaciones alimentarias tienen la finalidad de cubrir varias necesidades de los hijos que el derecho considera que son básicas para su formación y crecimiento: alimentos diarios (los que consume en la casa y cuando está fuera de ella), la vestimenta, las actividades recreativas que realiza con su familia y con sus pares, los gastos de la vivienda que ocupa (alquiler, impuestos, servicios, enseres para su mantenimiento y aseo, etc.), bienes de uso personal, gastos de educación, gastos médicos y farmacéuticos, entre otros”, se destacó en el fallo.
Por esto, “la responsabilidad de los padres y madres respecto de sus hijos en la satisfacción de sus necesidades alimentarias es, sin lugar a dudas, de origen legal y moral”, se expuso.
La madre está sana y puede trabajar
Según se conoció tras el reciente fallo judicial, de la jueza de Familia Natalia Rodríguez, se dispuso que la mujer deberá abonar una cuota de valor de un salario mínimo, vital y móvil y, en caso de tener trabajo en relación de dependencia, deberá abonar un 30% de su sueldo para los alimentos de sus hijos.
La magistrada valoró que la mujer se encuentra en buen estado de salud, cuenta con recursos laborales y puede trabajar para asumir su responsabilidad.
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