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Las fechas de lo primeros feriados del 2026 permitirán organizar alguna escapada o viaje durante el verano.
En la previa del inicio del último fin de semana del año, muchos argentinos ya quieren saber las fechas de los primeros feriados del 2026 para poder organizar alguna escapada o viaje durante el verano.
El primer feriado del año será el jueves 1° de enero, correspondiente al tradicional Día de Año Nuevo, un descanso inamovible que está establecido bajo la Ley 27.399, que regula los feriados nacionales y los fines de semana largos.
Como se trata de un feriado inamovible, su ubicación en el calendario no se modifica, por lo que a pesar de lo que muchos especulaban con sumar un feriado puente, lo cierto es que no habrá fin de semana largo.
Pero Año Nuevo no será el único momento de respiro durante la temporada de verano, ya que también llegará con los esperados feriados de Carnaval, dos jornadas que impulsan el turismo interno y la actividad comercial.
Este 2026, el Carnaval se celebrará el lunes 16 y el martes 17 de febrero, fechas incluidas dentro del grupo de feriados inamovibles, lo que permitirá tener el primer fin de semana largo del año, en esta ocasión de cuatro días desde el sábado 14 hasta el martes 17 de febrero.
El Carnaval siempre precede a la Cuaresma, justo antes del Miércoles de Ceniza, el día que da inicio a los 40 días que anteceden al Domingo de Pascua. En el calendario occidental, la fecha de la Pascua se calcula primero y luego se fija la del Carnaval, que siempre ocurre al menos 47 días antes del Domingo de Pascua.
Feriados inamovibles
Feriados trasladables
El presidente Javier Milei firmó el Decreto 614/2025 que permite trasladar los feriados nacionales que coincidan con días sábado o domingo, una situación que hasta ahora no estaba contemplada expresamente en la legislación vigente. Con la nueva norma, podrán correrse al viernes anterior o al lunes siguiente, ampliando la posibilidad de fines de semana largos.
La normativa establece a la Jefatura de Gabinete de Ministros como la Autoridad de aplicación. La misma tendrá la facultad de dictar normas complementarias o aclaratorias necesarias para implementar el decreto. Por otra parte, se aclara que el régimen de feriados inamovibles permanece sin cambios. La nueva disposición aplica exclusivamente a los feriados Nacionales trasladables.