Eliminaron a Cristina Kirchner del padrón electoral y no podrá votar en octubre
La Justicia Electoral revocó un fallo de Santa Cruz y determinó que la inhabilitación perpetua por la causa Vialidad también la excluye del padrón electoral.
La Cámara Nacional Electoral rechazó el fallo que habilitaba a Cristina Fernández de Kirchner a votar. De esta forma, la expresidenta que se encuentra con prisión domiciliaria no podrá sufragar en las próximas elecciones nacionales del 26 de octubre.
La decisión revocó un fallo anterior de la justicia electoral de Santa Cruz, que había permitido mantenerla empadronada al interpretar que la inhabilitación para ejercer cargos públicos no afectaba su derecho a sufragio.
Según detalló Clarín, la Cámara determinó que la inhabilitación perpetua dictada en la condena de Vialidad también la priva de aparecer en el padrón electoral. De esta manera, los jueces Santiago Corcuera, Alberto Dalla Vía y Daniel Bejas dejó sin efecto la decisión de la jueza Mariel Borruto que ordenó mantenerla en el padrón electoral de Santa Cruz a pesar de la condena en la causa Vialidad.
Según argumentaron desde la CNE, el fallo se dictó de oficio y sin cumplir las condiciones procesales mínimas establecidas en fallos anteriores. Puntualmente, señala la imposibilidad de aplicar una "habilitación genérica" y, por el contrario, requerir una autorización de cada caso concreto "instado por petición del interesado o del Ministerio Público".
En el momento en que la condena de Cristina Fernández quedó firme, se informó inmediatamente a la justicia santacruceña la inhabilitación para ejercer cargos públicos. La jueza subrogante Mariel Borruto mantuvo la prohibición pero no la excluyó del padrón. "Privar el derecho a votar infringe los estándares de nuestro más alto tribunal, ello sin perder de vista que las normas cuestionadas no superan los estándares de legalidad, necesidad y proporcionalidad, exigidos por la Corte Interamericana de Derechos Humanos", había establecido en su fallo.
Quiénes son los otros condenados que apartaron del padrón electoral
No solo la ex presidenta fue apartada del padrón. También otros cinco ex condenados en Vialidad, como el empresario Lázaro Báez, el ex secretario de Obras Públicas José López y los ex funcionarios de Vialidad de Santa Cruz José Santibáñez, Mauricio Collareda y Juan Carlos Villafañe.
Según la ley argentina, una persona condenada penalmente con pena de prisión mayor a tres años queda inhabilitada para votar por aplicación automática de los artículos 12 y 19 del Código Penal y del artículo 3 inciso e) del Código Nacional Electoral.
Aunque la CNE declaró inconstitucional la aplicación automática de la prohibición, consideró que en este caso si aplicaría. "Resulta factible que en ciertos casos el legislador pueda considerar justificada la aplicación de la pena accesoria de inhabilitación", como en delitos de corrupción, crimen organizado, lavado de activos, malversación de fondos públicos, defraudación contra la administración pública, entre otros.
El por qué detrás de la decisión de la Justicia de Santa Cruz
Mariel Borruto, la jueza de Santa Cruz, se apoyó en jurisprudencia de la Cámara Nacional Electoral (CNE), entre ellos el caso Zelaya, donde se resolvió que determinadas restricciones vulneran derechos esenciales como el sufragio, la igualdad, la dignidad humana y el principio de resocialización.
"El derecho a elegir libremente a un representante, así como la posibilidad de que los ciudadanos participen en los asuntos públicos y designen a sus gobernantes, forma parte del conjunto de Derechos Humanos reconocidos en los principales instrumentos internacionales que la Argentina incorporó a su ordenamiento con jerarquía constitucional", citó la magistrada en su resolución.
En esa línea, concluyó: "Encuadrando la situación de la ciudadana en los precedentes señalados, corresponde mantener su condición registral como electora activa en este distrito, exclusivamente con el fin de ejercer su derecho al sufragio".
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