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La Mañana cocaína

Llevaba 40 kilos de cocaína en el auto: la Aduana lo capturó justo a tiempo

El intento de contrabando tuvo lugar en Puerto Iguazú, en la frontera con Paraguay. Los delincuentes quedaron detenidos.

Agentes especializados de la Aduana desarticularon una maniobra de contrabando de casi 40 kilos de cocaína por parte de dos ciudadanos paraguayos, que intentaban ingresar la droga a la Argentina oculta en el chasis de un automóvil. Los hechos se dieron en Puerto Iguazú, en la frontera con Paraguay, y culminaron con la detención de los dos individuos.

El procedimiento comenzó cuando una balsa proveniente de Puerto Franco, Paraguay, arribó al Puerto Fluvial Iguazú luego de atravesar el Río Paraná. El personal de la Aduana comenzó a inspeccionar los vehículos que se encontraban a bordo de la embarcación y le hizo las preguntas de rutina a los ocupantes de un automóvil de dominio paraguayo. Las dos personas, un hombre y una mujer, eran ciudadanas del país vecino y aseguraron: “no traemos nada para declarar; solo venimos por un ratito a pasear a las Cataratas”.

No obstante, los agentes de la Aduana procedieron a revisar el rodado y percibieron un intenso olor a pintura fresca en el baúl. Ante ello, profundizaron el control y advirtieron elementos que no correspondían al diseño original del vehículo: retiraron el paragolpes trasero y descubrieron un agujero en la estructura del chasis. En efecto, en su interior había 37 bultos rectangulares con un logo impreso que leía “GTI”.

Inmediatamente, el personal de la Aduana dio aviso a la Justicia: intervino el Juzgado Federal de Eldorado, en manos del Dr. Miguel Ángel Guerrero. Retiraron la totalidad de la mercadería irregular del automóvil y sometieron el contenido de los ladrillos a narcotests de campo, que arrojaron resultado positivo al reactivo de cocaína.

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Los traficantes intentaron ingresar la cocaína en su automóvil. (Foto: DGA)

Los traficantes intentaron ingresar la cocaína en su automóvil. (Foto: DGA)

El pesaje dio un resultado de 39,88 kg, por lo que se estima que el valor de la droga asciende a $768 millones. El Juzgado instruyó el secuestro del vehículo y la detención, tanto del conductor como de su posible cómplice, por tentativa de contrabando calificado de importación de estupefacientes. En términos del artículo 866 del Código Aduanero, podría caberles una pena de hasta 12 años de prisión.

Qué productos retiene la Aduana

Organismo fundacional de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), la Dirección General de Aduanas (cuya abreviatura es DGA) es la autoridad competente que regula el despacho aduanero de todo lo que ingresa y sale de la Argentina. A través de sus propios procedimientos y demás estándares internacionales, esta dirección puede habilitar la entrada, retener ciertos bienes o, en el peor de los casos, prohibir el ingreso de determinadas mercancías.

En un contexto de alta inflación, muchas personas analizan comprar determinados productos en el exterior vía courier o los traen consigo cuando viajan a otro país. Así aprovechan precios más beneficiosos de los que conseguirían en el mercado local. Sin embargo, existen determinados casos en los que la Aduana argentina puede retener la compra, cobrar una franquicia o, incluso, decomisar la mercancía.

Existen varios motivos por los que los países prohíben la importación de determinados productos. Por ejemplo, una de las razones es para proteger la industria nacional o para evitar la propagación de bacterias y virus en el caso de los productos de origen animal y vegetal. Para evitar demoras y dolores de cabeza, a continuación se resume qué productos pueden quedar retenidos en la aduana argentina y qué bienes tienen prohibido el ingreso.

Tal como puede leerse en el apartado del régimen simplificado del sitio web de la AFIP, toda compra por el sistema courier que en 2024 supere el tope de los US$1000 puede ser retenida en la Aduana argentina.

Otro de los limitantes para envíos a través del regimen simplificado es el peso. El paquete no podrá exceder los 50 kilogramos y puede tener finalidad comercial.

También se prohíben:

  • Productos y alimentos de manufactura casera,
  • Carnes de cualquier especie animal, embutidos, jamones, chacinados, alimentos sin identificación o rótulos con estándares de salubridad.
  • Frutas, hortalizas y vegetales frescos.
  • Flores y plantas de jardín, árboles frutales, semillas o raíces.
  • Ganado en pie, alimento para animales, productos apícolas o veterinarios, insectos, bacterias, hongos o microorganismos para investigación.

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