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El crimen de Mauricio Charpentier: la fiscalía elevó un reclamo y hay marcha atrás con una absolución

Un fallo que benefició a Suyai Contreras no dejó nada conforme a la parte acusadora y presentó una impugnación.

Luego de una serie de fallos que la favorecieron en los terrenos de la justicia provincial y federal, la mujer con domicilio en el barrio Otaño de Plaza Huincul que es investigada por causas de drogas fue notificada de un importante cambio en otra investigación que la tiene como protagonista.

La sospechosa bajo la lupa judicial, Suyai Anahí Contreras, acumuló múltiples procesos en su contra y solo algunos se cerraron a su favor. Uno de los hechos más graves tiene relación con la presunta instigación del homicidio de una fiscal de Cutral Co. De igual modo, las acusaciones por su supuesto vínculo con el narcotráfico tampoco son menores.

Mientras tanto, en el inicio de esta semana, se conoció un duro revés para Contreras en una causa en la que había sido beneficiada con una absolución de culpa y cargo. Se trata del homicidio del trabajador municipal Mauricio Javier Charpentier, donde la mujer fue imputada y juzgada por la supuesta instigación del crimen.

El Ministerio Público Fiscal (MPF) mostró su total disconformidad con lo resuelto en el debate oral e impugnó el fallo. En ese marco, se conoció que los jueces Estefanía Sauli, Federico Sommer y Richard Trincheri le dieron la razón a la parte acusadora y la absolución fue anulada.

profuga suyai

La detenida Suyai Contreras, de 31 años, ofreció cumplir prisión domiciliaria en Zapala pero el juez rechazó esa posibilidad.

El tribunal que intervino consideró que la sentencia absolutoria fue arbitraria y que existió una errónea aplicación del principio de congruencia.

"Mandó, ordenó e indujo"

De acuerdo con la acusación sostenida por la fiscalía durante el juicio por el hecho ocurrido en Plaza Huincul, Contreras instigó el homicidio cometido el 8 de febrero de 2024 contra Charpentier. Según la hipótesis del caso, aunque no ejecutó materialmente el crimen, fue quien “mandó, ordenó e indujo” el ataque, además de realizar tareas de logística e infraestructura para concretarlo.

El autor de los disparos fue Matías Emiliano Díaz, quien efectuó al menos 13 disparos, de los cuales 7 impactaron en la víctima, mientras que Alberto Alejandro Pérez colaboró en la huida conduciendo el camión utilizado para escapar. Ambos ya fueron condenados: Díaz, como autor del homicidio agravado por el uso de arma de fuego, y Pérez, como partícipe necesario. En estos dos casos, las condenas fueron confirmadas.

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La víctima del atroz crimen, Javier Charpentier.

El fallo que ahora fue anulado había absuelto a Contreras por mayoría de los jueces Carolina González y Juan Pablo Balderrama. En disidencia, la jueza Patricia Lupica Cristo había sostenido que la imputada debía ser condenada. Los magistrados que votaron por la absolución entendieron que la acusación se había limitado a atribuirle haber dado una “orden” de matar y que, durante el juicio, la fiscalía intentó sostener la responsabilidad también sobre aportes logísticos y materiales que -según esa postura- no habían sido descriptos adecuadamente en la imputación. Para la mayoría, eso implicaba una afectación al principio de congruencia y obligaba a absolverla por el beneficio de la duda.

Deberá realizarse un nuevo juicio

Sin embargo, el Tribunal de Impugnación hizo lugar al planteo del MPF y concluyó que la plataforma fáctica de la acusación siempre incluyó tanto el supuesto influjo psíquico como los aportes materiales y logísticos atribuidos a Contreras. Además, remarcó que la defensa conoció desde el inicio esos elementos y pudo controvertirlos durante el juicio, por lo que no existió sorpresa ni afectación al derecho de defensa. En función de ello, resolvió anular parcialmente la sentencia, confirmando las dos condenas y reenviando el caso para la realización de un nuevo debate respecto de Contreras.

La absolución anulada comprende tanto la imputación por la instigación del homicidio de Charpentier como otro hecho, también por instigación de un delito (de abuso de armas) contra un familiar de la víctima fatal.

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