La prohibición fue informada este martes a través del Boletín Oficial de la Nación. Los motivos de la decisión.
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió la venta y comercialización de la marca de un aceite de oliva, luego de comprobar que es ilegal, por lo cual, con serios riesgos para la salud.
La medida fue dada a conocer este martes 29 de julio a través de la Disposición 5433/2025, publicada en el Boletín Oficial de la Nación.
La investigación se inició luego de una consulta de una persona acerca de la genuinidad del producto rotulado como: “Aceite de oliva marca SOMA; contenido 500cc; Fecha de elaboración Marzo 2024; Vencimiento 24 meses; Elaborado por SOMA SA, Paso Viejo Km 170, CBA; RNE 415298; RNPA 415987”, que no cumpliría con la normativa alimentaria vigente.
Luego de una extensa investigación, el organismo oficial, que también sufre los embates del gobierno de Javier Milei, comprobó que se trataba de un producto ilegal, por lo cual, potencialmente perjudicial para la salud.
En consecuencia, la ANMAT dispuso: "Prohíbese la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional, y en plataformas de venta en línea, del producto: Aceite de oliva marca SOMA; Elaborado por SOMA SA, Paso Viejo Km 170, CBA; RNE 415298; RNPA 415987 en cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento, por carecer de registros de establecimiento y de producto, y por estar falsamente rotulado al exhibir en su rótulo números de RNPA y RNE inexistentes, resultando ser en consecuencia un producto ilegal".
ANMAT prohibió la comercialización de una pasta de dientes
La semana pasada, ANMAT informó la prohibición del uso, distribución y comercialización de una pasta de dientes muy popular, a través de la Disposición 5126/2025 publicada en el Boletín Oficial.
Según se indica, esta disposición se adoptó tras haber recibido reportes de eventos adversos por parte de personas usuarias del país, además de antecedentes que surgieron de las autoridades sanitarias brasileñas.
"Al día de la fecha arriban a 19 (diecinueve) casos recabados por la empresa Colgate Palmolive Argentina SA (hasta el 7 de julio de 2025) y dos casos recibidos por Cosmetovigilancia de la ANMAT (hasta 15 de julio de 2025)", se detalla en el documento.
La pasta de dientes prohibida
Se trata de la crema dental anticaries con flúor Colgate Total Clean Mint y ordenó su retiro del mercado.
Hasta el momento, se reportaron 21 casos en Argentina de efectos provocados por este producto (19 recabados por la compañía y 2 por la Anmat). Asimismo, en Brasil, desde donde se importa el producto, los casos ascienden a más de 11.440 desde su lanzamiento en julio de 2024.
Un mes atrás aproximadamente, ANMAT había comenzado una investigación para aclarar los efectos del estaño que se encuentran en esta pasta de dientes. A su vez, se había instado a la ciudadanía a reportar cualquier efecto adverso vinculado al uso de cremas dentales.
A partir de ese momento, comenzó a recibir reportes que incluían síntomas como "irritación e inflamación del tejido de la cavidad oral, tales como ampollas, aftas, ardor, hinchazón y dolor, entre otros", según indicó el organismo.
Tanto el organismo argentino como la Agencia Nacional de Vigilancia Sanitaria (Anvisa) de Brasil, dijeron en comunicados previos que los eventos adversos están asociados al uso de pastas dentales con fluoruro de estaño como ingrediente activo.
Según la ANMAT, "cuenta con un historial de uso seguro en cosméticos de 60 años", sumado a que otras agencias regulatorias, como la FDA y la Comisión Europea, lo autorizan para artículos de higiene bucal.
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