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Trata de personas: otro rechazo a las pretensiones de acusar a matrimonio de un pueblo neuquino

A pesar de que jueces de General Roca habían descartado por completo el delito que se les atribuía, la fiscalía federal hizo otro intento de que se los impute.

De manera sorpresiva y a pesar de un contundente fallo de la Cámara Federal de Apelaciones de General Roca, la parte acusadora que intervino en la investigación de un supuesto caso de trata de personas hiz o otro intento por revertir el fallo que descartó por completo la existencia de ese delito atribuido a un matrimonio de la localidad neuquina de El Huecú.

La investigación inicial fue llevada a cabo a partir de una denuncia del Director Operativo del Comité Ejecutivo de Lucha contra la Trata y Explotación de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas ante la Procuraduría de Trata y Explotación de Personas. La sospecha fue revelada por una persona que no quiso dar precisiones sobre su identidad por temor a represalias. Ante el interrogante que sembró este particular, intervino el UNIPROJUD Zapala de Gendarmería Nacional.

El trabajo de los uniformados se centró en un matrimonio ligado al rubro comercial. A la hora de vincularlos a un supuesto caso de trata, se indicó que la menor tenía que cocinar y limpiar la casa donde habitaba, atender los locales de los acusados y que era vigilada mediante cámaras de seguridad.

En cuanto a la modalidad de captación, se indicó que las personas venían de una provincia del norte argentino con la promesa de un trabajo remunerado “con salarios elevados”.

Frente a esta situación, se llevó a cabo un allanamiento y una adolescente de 17 años fue rescatada el 27 de marzo de 2023.

Procesados por el juzgado federal de Zapala

Más allá del descargo de los sospechosos, asegurando que no se trataba de una situación de trata, el juzgado federal de Zapala avanzó con su procesamiento como coautores penalmente responsables del delito de trata de personas bajo la modalidad de ofrecimiento, captación, traslado y acogimiento de una víctima menor de edad con fines de explotación laboral, agravado por haberse cometido mediante engaño, violencia y abuso de una situación de vulnerabilidad, por ser los imputados encargados de la guarda de la víctima, por haberse consumado la explotación laboral y por ser la víctima menor de 18 años.

Sorprendidos, la mujer y el hombre imputados tuvieron que recurrir al abogado particular Marcelo Hertzriken Velasco, quien en forma rápida apeló lo resuelto ante las múltiples inconsistencias de la acusación.

Los camaristas federales roquenses analizaron la presentación de la defensa y también mostraron su sorpresa por la curiosa acusación. Citaron un pronunciamiento anterior donde especifican que “la circunstancia de que el hecho que damnificó a… es único e individual, pues sólo a ella se la reclutó para explotarla, con las modalidades descriptas, en el ejercicio de tareas domésticas, no permiten advertir las notas propias del delito de trata de personas, ya que éste remite a la existencia de organizaciones delictivas que ejecutan hechos de esta naturaleza de un modo más complejo”.

"Colaborar con la dinámica familiar"

En tanto, los magistrados también hicieron un repaso de posibles pruebas que describan un caso de “reducción a la servidumbre”. Sin embargo, los jueces tampoco encontraron elementos que alimenten la sospecha de esta situación. Por el contrario, coincidieron que muchas de las actividades desarrolladas por la adolescente tenían relación con colaborar en la dinámica familiar. “Tampoco se observan prácticas violentas ejercidas sobre la menor sino el ejercicio razonable del poder de corrección de quienes ejercían su guarda”, remarcaron los magistrados.

Frente a estas conclusiones y coincidiendo con la defensa, revocaron el procesamiento dictado en primera instancia.

Insistencia ante la Cámara Federal de Casación Penal

El fallo de la Cámara de Roca se conoció a mediados del año pasado y desde el Ministerio Público Fiscal (MPF) y el defensor público de víctimas de la provincia de Neuquén se insistió sobre la imputación ante la Cámara Federal de Casación Penal.

La respuesta se conoció en estos días y volvió a ser contundente: los camaristas federales declararon inadmisibles los recursos impulsados por los funcionarios del MPF y la defensoría pública de víctimas.

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