ARCA devolverá el Impuesto PAIS a este grupo de contribuyentes: ¿quiénes son los beneficiarios?
Según lo informó la ARCA (Agencia de Recaudación y Control Aduanero), el organismo impositivo procederá a devolver el Impuesto PAIS a este grupo de contribuyentes.
A fines de 2019, el Gobierno Nacional creó el Impuesto Para una Argentina Inclusiva y Solidaria (más conocido como PAIS). Ese impuesto tenía como fin aplicar un gravamen sobre la compra de moneda extranjera. En 2024, al cumplirse los 5 años establecidos para su instrumentación, quedó derogado. Recientemente, la ARCA (Agencia de Recaudación y Control Aduanero) confirmó que procederá a devolver el Impuesto PAIS a un grupo de contribuyentes. ¿Quiénes se beneficiarán con esta medida?
Cabe recordar que, según la ley 27.541, lo recaudado por el Impuesto PAIS se destinó al financiamiento de la Anses y el INSSJP (PAMI), en un 70 por ciento, y al financiamiento de obras de vivienda social, infraestructura económica y fomento del turismo, en un 30 por ciento.
Según la ARCA, el régimen de devolución del Impuesto PAIS alcanza a importadores que realizaron pagos a cuenta del Impuesto PAIS conforme a la Resolución General 5393, por operaciones de importación incluidas en los decretos 433/2023, 14/2024 y 777/2024 pero que no pudieron computarlos, total o parcialmente.
La ARCA detalló que la devolución de saldos a favor generados por pagos a cuenta no computados del Impuesto PAIS apunta fundamentalmente a empresas que tuvieron que anticipar este gravamen, pero que en su momento no pudieron acceder al Mercado Único y Libre de Cambios (MULC) y, por lo tanto, tuvieron que pagar a sus proveedores del exterior mediante mecanismos alternativos, como el dólar Contado con Liquidación (CCL).
Según sostuvo el organismo tributario, la medida que contempla la devolución correspondiente al Impuesto PAIS les permitirá a los importadores utilizar esos montos para cancelar deudas. Cabe resaltar que esta decisión fue oficializada mediante la Resolución General Nº 5720/2025, publicada en el Boletín Oficial.
Para acceder al beneficio que contempla la devolución del Impuesto PAIS, los interesados deberán presentar una Declaración Jurada de Devolución (DJIP) a través del servicio “Registro de despachos de importación con pagos a cuenta no computados del Impuesto PAIS”, habilitado en el sitio web oficial de la ARCA (www.arca.gob.ar). El período de registro estará disponible entre el 8 de julio y el 22 de agosto de 2025, inclusive.
La ARCA estipula que, luego de efectuar este trámite, se generará un crédito en el Sistema Informático MALVINA (SIM), que solo podrá aplicarse a la cancelación de derechos de importación. Así, el esquema contempla un mecanismo de devolución en cuotas, cuya distribución dependerá del monto total del saldo a favor correspondiente al Impuesto PAIS.
Cabe subrayar que la ARCA no devolverá en efectivo los pagos a cuenta no computados o computados parcialmente, sino que generará un crédito fiscal. Y este crédito fiscal solo podrá aplicarse para cancelar derechos de importación y no podrá ser transferido a terceros.
Por último, cabe resaltar que el resultado del trámite será notificado al importador, a través del Sistema Informático de Comunicaciones y Notificaciones Electrónicas (SICNEA). El crédito fiscal podrá visualizarse en la subcuenta MALVINA, servicio “web” “MOA - Reingeniería”.
Te puede interesar...
Dejá tu comentario