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Otro paro: pilotos afectarán los vuelos de Aerolíneas Argentinas durante 24 horas

La medida de fuerza complicará los vuelos de todo el país en una fecha clave.

Este jueves al mediodía se conoció que La Asociación de Pilotos de Líneas Aéreas (APLA) anunció un paro nacional durante 24 horas en una fecha clave. Lo que afectará la partida y arribo de vuelos en todo el país.

El gremio de los pilotos de aviones indicaron que realizarán un paro para el sábado 19 de julio, que afectará los vuelos de Aerolíneas Argentinas por 24 horas en momentos en que gran parte del país estará en vacaciones de invierno.

Y afirmaron que se tomó la decisión del paro ante el recorte de las horas de descanso de los pilotos dispuesto en el decreto 378. ”La implementación de dicho decreto representa un serio riesgo para la seguridad aérea y hacemos responsables a las autoridades de las consecuencias de su aplicación“, advirtieron en un comunicado.

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"Seguramente apelarán al vago recurso de catalogar esta medida con 'intereses políticos' a fin de desviar la atención y deslindar sus propias responsabilidades e inoperancia. Advertimos que la implementación de dicho decreto representa un serio riesgo para la seguridad aérea y hacemos responsables a las autoridades de las consecuencias de su aplicación", manifestaron.

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Asimismo, detallaron que ante este contexto decidieron paralizar los servicios el próximo 19 de julio desde las 00 a las 23.59. De esta manera, se suman a la medida de fuerza escalonadas que lanzó el gremio de controladores aéreos, el cual afectará durante todo el mes de julio algunos vuelos de cabotaje e internacionales.

La medida de los pilotos de Aerolíneas Argentinas afectará a las provincias de Córdoba, Chubut, Catamarca, Corrientes, Entre Rios, Formosa, Jujuy, La Pampa, entre otras, que se encuentran en receso invernal escolar, o estarán en pleno desarrollo de las vacaciones. La ciudad y la Provincia de Buenos Aires comenzarán sus vacaciones de invierno el 21 de julio y las finalizarán el 1 de agosto.

Qué dice el decreto 378/25

A inicios de julio, el Gobierno Nacional implementó una nueva reglamentación del Título V del Código Aeronáutico, que redefine los tiempos máximos de vuelo, períodos de descanso y excepciones para las tripulaciones de la aviación civil aerocomercial.

Se trata del decreto 378/25, donde se fija un tope de 1000 horas anuales y 120 mensuales para pilotos, y detalla los nuevos tiempos de servicio, descanso y vacaciones. También alcanza a tripulantes de cabina y al transporte no regular.

Además, se establece que ningún explotador podrá programar un vuelo, ni ningún miembro de la tripulación podrá aceptarlo o continuarlo, si con la dotación mínima requerida se superan las 8 horas de vuelo durante los tramos horarios de 00.00 a 4.59 y de 20.00 a 23.59, o las 9 horas para las franjas comprendidas entre 5.00 y 19.59.

En los casos donde haya tres pilotos, la operación deberá cancelarse o reprogramarse si se superan las 13 horas de vuelo. El límite se eleva a 17 horas cuando haya cuatro pilotos a bordo.

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El documento que será publicado en el corto plazo, reduce de 40 a 15 los días de vacaciones de los piloto.

El documento que será publicado en el corto plazo, reduce de 40 a 15 los días de vacaciones de los piloto.

Otro punto clave de la normativa es que el descanso mínimo para el tripulante de vuelo será igual a la duración del servicio previo, con un piso de diez horas consecutivas. Además, antes de comenzar un período de reserva o de servicio, el tripulante deberá haber contado con al menos 30 horas de descanso en base o fuera de ella, por cada período de 168 horas consecutivas.

Para los tripulantes de cabina de pasajeros, el tiempo máximo de servicio no podrá superar las 14 horas, aunque podrá extenderse a 16 horas si se incorpora un tripulante adicional, o a 18 horas si se suman dos. En estos casos, el descanso mínimo también será de diez horas consecutivas, y si se exceden los límites fijados, deberá otorgarse un descanso compensatorio igual o mayor al tiempo de exceso.

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