Un abusador preso quiso acceder a una prisión domiciliaria por la sobrepoblación carcelaria
El abusador fue condenado en mayo pasado por abusar de una niña reiteradamente. Su defensor había ofrecido un domicilio en Allen.
Un abusador condenado recientemente a una pena de cinco años de prisión pidió que se le permita purgar su pena en otra provincia y bajo modalidad domiciliaria por la crisis carcelaria. La justicia negó el acceso a este beneficio por tratarse de una cuestión prevista por la ley para casos específicos, que no incluyen la sobrepoblación.
Este martes, la jueza de Ejecución Raquel Gass rechazó un planteo para que un condenado por abuso sexual cumpla la pena que le fue impuesta en un domicilio de la localidad de Allen. La solicitud la realizó el defensor del condenado, identificado como "V.R.D." y fue fundamentada en la superpoblación carcelaria, la cual sostuvo que "constituye un trato cruel".
La magistrada afirmó que si bien el hacinamiento existe, descartó que se estén infligiendo tratos inhumanos, crueles o degradantes en los términos de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. “No veo razón alguna para que no cumpla la pena por la que fue condenado en una unidad de detención”, manifestó al resolver.
En ese sentido, explicó que los supuestos para el cumplimiento de una condena mediante prisión domiciliaria están determinados por la ley y, que en este caso, no se da ninguna de las situaciones previstas. En este sentido, remarcó que el legislador planteó en la norma que la condena se ejecute en un centro de detención y que la excepción sería que lo haga en un domicilio, sólo si es mayor de 70 años, padece una enfermedad incurable en etapa terminal o no pueda recibir un tratamiento médico adecuado en el lugar de detención, por ejemplo.
“Sumado a que estamos ante una condena por un delito contra la integridad sexual y el Tribunal Superior de nuestra provincia impone a los magistrados un deber de diligencia reforzada en estos casos”, añadió.
Por otra parte, remarcó que no se confeccionó un informe ambiental sobre el domicilio ofrecido para cumplir la condena “para saber si conviven menores en el domicilio o en inmediaciones”, e indicó que como se trata en un domicilio en otra provincia, no hay posibilidad de aplicar un dispositivo electrónico de los provistos por el ejecutivo neuquino.
“Si bien no desconocemos la situación carcelaria y en comisarías, la solución al grave problema penitenciario que atravesamos no es una solución individual, sino que requiere una respuesta integral por parte del Ejecutivo”, concluyó la jueza.
Por qué se condenó al abusador
En mayo pasado, "V.R.D." fue condenado a cinco años de prisión de cumplimiento efectivo por el delito de abuso sexual simple continuado, agravado por el vínculo, la guarda, y por haber sido cometida contra una menor de 18 años de edad, aprovechando la situación de convivencia preexistente. La acusación la encabezó la fiscal Valeria Panozzo.
Al momento de los hechos, la víctima tenía entre 10 y 12 años. Los abusos que se dieron por probados fueron cometidos entre julio de 2022 y abril del siguiente año, cuando "V.R.D" convivía con la víctima y su restante grupo familiar en un barrio de Plottier. En ese plazo, la convivencia se terminó, pero las agresiones sexuales continuaron en la vivienda a la que el condenado se mudó. Allí, los hechos sucedían entre las 18:00 y las 23:00, cuando la niña se encontraba bajo su cuidado, en conformidad con un régimen de comunicación acordado en un juzgado de Familia.
Los abusos consistieron en tocamientos a la víctima, de distinta gravedad. Los informes médicos y las pericias realizadas en el marco de la investigación, y de manera previa, por las distintas instituciones que intervinieron, no corroboraron otro tipo de agresiones sexuales. Sí se constató que el imputado actuó ejerciendo fuerza e impidiendo con ella cualquier tipo de maniobra evasiva por parte de la niña.
La identidad del condenado y los detalles respecto de los delitos se reservan con el objetivo de preservar la intimidad de la víctima.
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