Un nene se largó a llorar en el aula y contó que su mamá no lo trata bien
Las autoridades de la escuela, de una ciudad rionegrina, presentaron la denuncia en la Comisaría de la Familia. Se le dio inmediata intervención a la SENAF.
Un desgarrador episodio ocurrió en una escuela primaria rionegrina, donde un alumno de tan solo 8 años ingresó al aula y se largó a llorar desconsoladamente. Muy compungido, el niño fue conducido por su maestro hasta la dirección, donde no lograban calmarlo.
Cuando pudo ser contenido, el chiquito dijo que estaba triste “porque su mamá no lo trataba bien”. Contó que estaba viviendo con su madre, que está separada del papá, y que ella le habría mirado el cuaderno de la escuela y, al encontrarlo incompleto, “lo castigó quemándole la biblia que el mismo habría comprado con dinero de sus ahorros”.
Además dijo que no le permitía ir a la iglesia de la que es parte, “solo porque a ella no le gusta que asista” y remarcó que desea vivir con su padre, pero que la progenitora no lo permite.
Denuncia espontánea
El incidente ocurrió en un establecimiento educativo de San Antonio Oeste, cuyas autoridades acudieron a la Comisaría de la Familia y formalizaron una denuncia de carácter espontáneo, ante la presunción de que el menor se encontraría “en situación de vulnerabilidad de derechos” por parte de la mujer.
La denuncia se enmarcó en lo establecido por la Ley provincial 4109, que contempla la “protección integral de los derechos de las niñas, los niños y los adolescentes”.
El proceso se encaminó en el Juzgado de Paz de la localidad portuaria, donde en primer lugar se dispuso la “inmediata intervención” de la SENAF -Secretaría de Niñez, Adolescencia y Familia- ordenado desde la unidad policial.
También se determinó en la oficina judicial que no habían antecedentes de conflictos anteriores entre las partes.
Resguardo del menor
El juez de Paz Subrogante, Federico Garriga Lacaze señaló en su resolución que el menor cuenta con el resguardo del Estado mediante la ley 4109, que tiene por objeto “la protección integral de los derechos de niñas, niños y adolescentes” y que cualquier cuestión relativa a ellos “debe ser atendiendo primordialmente a su interés superior, toda vez que al estar en proceso de desarrollo, los niños son particularmente vulnerables en cualquier situación que se encuentren, más que los adultos”.
El magistrado también resolvió mantener la intervención de la SENAF, darle participación a la Defensoría de Menores e Incapaces y archivar las actuaciones.
Sucede que disposiciones del Juzgado de Familia N°9 y otra del Nº 7 indican que ante situaciones como las ocurridas con el alumno se debe dar intervención al organismo proteccional (en este caso la SENAF) y proceder al archivo.
Garriga Lacaze también ordenó remitir la resolución a la Delegada del Consejo Escolar para que conocimiento y si se lo requieren, “prestar la debida colaboración” con la SENAF, para que “adopte las medidas que estime pertinentes”.
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