Un conflicto familiar llegó a la justicia y desnudó los "riesgos" en los entornos más cercanos a una niña de 12 años. La adolescente pudo hablar con la jueza.
El Poder Judicial de Cipolletti decidió que una niña de doce años quede al cuidado de su abuela materna, luego de que un conflicto familiar impidiera su regreso al hogar de su madre.
Todo empezó en enero de 2025, cuando la adolescente, enojada porque su madre no le permitió colocarse un piercing, eligió quedarse con su padre y no volver al domicilio materno, pese a los acuerdos vigentes. La madre, al ver frustrado el regreso, acudió al Poder Judicial para reclamar la restitución.
Durante el proceso, el padre sostuvo que la niña no quería regresar por situaciones de violencia que habría vivido en el entorno materno. A su vez, la madre denunció que el padre aprovechó la discusión para retenerla.
En audiencia, la jueza escuchó a la adolescente y analizó los antecedentes aportados por las partes. Luego de considerar el riesgo que presentaban ambos entornos familiares, resolvió que, de manera provisoria, la niña quedara bajo la guarda de su abuela materna.
La resolución otorgó a la abuela amplias facultades para decidir sobre cuestiones de educación, salud (vacunaciones, requerir y autorizar atención médica regular, urgencias, internaciones, intervenciones quirúrgicas, tratamientos farmacológicos, odontológicos, etc) actividades recreativas y otros aspectos de la vida diaria de la adolescente, tal como actividades sociales, culturales, deportivas, paseos, salidas, viajes dentro del país, sin necesidad de contar con la autorización de los progenitores.
Además, ordenó la intervención de la SENAF y dispuso tratamientos psicológicos para ambos progenitores y para la niña.
Tratamiento para "adquirir habilidades parentales"
Para arribar a esta decisión se tuvo en cuenta, según se expuso en el fallo, "el riesgo al que se encontraría expuesta la niña, bajo el cuidado de ambos progenitores", dado que "ninguno de los dos puede por el momento brindarle el cuidado y protección que la misma requiere, debiendo realizar los tratamientos necesarios para adquirir habilidades parentales", se subrayó.
La medida es de carácter provisional y busca garantizar la protección integral de la adolescente mientras se analiza su situación definitiva.
Protección y derechos
Se destacó, en el fallo, la importancia de sostener la pauta del Interés Superior del Niño, que como la Corte Suprema ha entendido, apunta esencialmente a dos propósitos: "...cuales son los de constituirse en pauta de decisión ante un conflicto de intereses y la de ser un criterio para la intervención institucional destinada a proteger al menor. El principio, pues, proporciona un parámetro objetivo que permite resolver los problemas de los niños en el sentido que la decisión se defina por lo que resulta ser de mayor beneficio para ellos...", se argumentó.
Por su parte, también se destacó que la Ley 26061 de "Protección Integral de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes", define este principio como "la máxima satisfacción, integral y simultánea de los derechos y garantías reconocidos por esta ley".
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