El organismo de control fijó determinados montos máximos para realizar operaciones sin la necesidad de justificarlas. Cuáles son.
Las transferencias bancarias y a través de billeteras virtuales se transformaron en moneda corriente, en especial por la comodidad y la seguridad que genera no tener que recurrir al dinero en efectivo. Sin embargo, algunas operaciones pueden quedar bajo la lupa de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), principalmente si son montos muy elevados.
Este año, la ARCA actualizó las cifras permitidas para operaciones financieras sin justificación previa. Si se superan los nuevos umbrales establecidos, las entidades deberán reportarlo automáticamente. La medida busca fortalecer la transparencia en las transacciones, reforzando la trazabilidad del dinero y evitando maniobras sin respaldo.
Cuáles son los límites de transferencias que permite la ARCA sin justificación
En 2025, el organismo sucesor de la AFIP actualizó los límites para operaciones como transferencias, extracciones, saldos bancarios, plazos fijos y tenencias en sociedades de bolsa. Los montos tienen umbrales distintos según la operación y el tipo de contribuyente.
La cantidad de transferencias es ilimitada, pero su monto total no debe superar los límites fijados. Si se sobrepasan estos topes, podrían activarse alertas que derivarían en un análisis más detallado por parte de ARCA, llevando al contribuyente a tener que presentar pruebas que justifiquen el movimiento.
En octubre 2025, los límites establecidos para cada operación son los siguientes:
- Transferencias y acreditaciones: hasta $ 50.000.000 para personas físicas y $ 30.000.000 para empresas.
- Extracciones en efectivo: límite de $ 10.000.000.
- Saldos bancarios mensuales: hasta $ 50.000.000 para particulares y $30.000.000 para personas jurídicas.
- Plazos fijos: máximo de $ 100.000.000 para individuos y $ 30.000.000 para empresas.
- Tenencias en sociedades de bolsa: hasta $ 100.000.000 por persona.
- Compras como consumidor final: operaciones de hasta $ 10.000.000 sin justificar.
- Pagos de cualquier tipo: tope de $ 50.000.000 para personas físicas y $ 30.000.000 para jurídicas.
Qué pasa si se superan los límites fijados por ARCA
Los montos máximos aplican a operaciones bancarias y a todas las billeteras virtuales registradas en el país. De superar dichos valores, se da lugar a requerimientos de documentación por parte de ARCA y eventualmente la Unidad de Información Financiera (UIF).
Ante esta situación, el fisco podría solicitar pruebas que respalden el origen de los fondos con el objetivo de evitar operaciones sospechosas y mantener la transparencia del sistema financiero. Mientras tanto, los bancos y las fintech están habilitadas a retener estos fondos de manera preventiva hasta que se presenten los comprobantes. En algunos casos también pueden aplicarse sanciones económicas.
Por ello, es clave conocer los límites y mantener los papeles actualizados para evitar bloqueos o fiscalizaciones. Los documentos que habitualmente se suelen pedir son:
- Contratos de compraventa o comprobantes de pago.
- Facturas emitidas por ventas o servicios (ya sea bajo monotributo o régimen general).
- Recibos de sueldo o de jubilación.
- Constancia de inscripción en el monotributo.
- Certificados de origen de fondos firmados por un contador público matriculado.
- Constancias de transferencias anteriores.
- Declaraciones juradas de impuestos.
Qué hacer si una operación es bloqueada
Si una transferencia queda bajo observación de los organismos de control, se recomienda cumplir con los siguientes pasos:
- Responder al pedido de la entidad presentando la documentación correspondiente.
- Avisar al banco con anticipación si se espera recibir una suma significativa, indicando monto, fecha y procedencia de los fondos.
- Evitar movimientos que generen sospechas, como dividir el dinero en varias transferencias para eludir límites, ya que esto suele activar más alertas.
El contribuyente deberá poder justificar el dinero con documentación que acredite su procedencia lícita, como ahorros declarados, ingresos laborales, venta de un inmueble o de un vehículo, o herencias. Si el dinero está correctamente respaldado, no se genera ningún problema fiscal.
Vale destacar que el tope en las transferencias rige tanto para recibir y enviar dinero entre familiares como entre terceros, siempre que no exista una actividad comercial habitual o un patrón considerado sospechoso.
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