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Pensión por invalidez o viudez: cuánto se cobra en agosto 2026 y los requisitos

Mediante un sencillo mecanismo, es posible consultar el expediente referido a una pensión por invalidez o viudez. ¿Cómo se debe proceder según la Anses -Administración Nacional de la Seguridad Social-? ¿Cuál es el monto correspondiente para cada caso en agosto?

Las Pensiones no Contributivas son un derecho otorgado por el Estado para personas con 76% de invalidez, madres de siete o más hijos y personas mayores de 70 años sin ingresos. A través de Anses - Administración Nacional de la Seguridad Social-, es posible consultar el expediente referido a una pensión por invalidez o viudez. ¿Cuál es el monto correspondiente para cada una de las pensiones en agosto 2026?

Las Pensiones no Contributivas son incompatibles con otros tipos de pensiones y con las jubilaciones y/o asignaciones. Es decir que las personas que tienen una Pensión no Contributiva no pueden contar con otra pensión y/o jubilación.

Las Pensiones no Contributivas son un derecho otorgado por el Estado para personas con 76% de invalidez.

Las Pensiones no Contributivas son un derecho otorgado por el Estado para personas con 76% de invalidez.

Montos de las pensiones por invalidez y viudez en agosto 2026

En agosto de 2026, las jubilaciones, pensiones y asignaciones reciben un aumento del 1,89%, en consonancia con el IPC registrado en junio de 2026. Así, el monto correspondiente a la pensión por invalidez es de $363.843,15 (con el bono de 70 mil pesos incluido).

En relación a la pensión por viudez, cabe consignar que si bien los beneficiarios también perciben en agosto el incremento del 1,89%, lo cierto es que el monto final varía según el caso, puesto que este depende del haber previsional que percibía o le correspondía a la persona fallecida, por lo que no existe un valor único para todos los titulares de la pensión por viudez.

Así es posible consultar el expediente de una pensión por invalidez o viudez en la Anses

Para consultar el expediente de una pensión por invalidez o viudez, es preciso ingresar a mi ANSES con el CUIL y la Clave de la Seguridad Social.

Una vez dentro del sistema, se debe proceder de la siguiente manera:

  • Ingresar al apartado Información personal.
  • Seleccionar Consulta de expediente.
  • Buscar el trámite correspondiente.
  • Verificar el estado actualizado.

Cabe destacar que este servicio de la Anses está disponible las 24 horas -vía computadora o celular-. Por otra parte, es oportuno apuntar que esta herramienta posibilita conocer en qué etapa se encuentra el trámite y revisar los últimos movimientos registrados en el expediente. De esta manera, quienes esperan la resolución de una pensión por invalidez o por fallecimiento (viudez) pueden controlar el avance de la gestión de forma gratuita y desde cualquier lugar.

Entre otros datos relevantes, los usuarios de esta herramienta de la Anses podrán obtener la siguiente información:

  • Movimientos registrados en el expediente de la pensión tramitada.
  • Dependencia donde se encuentra la documentación.
  • Verificar si el expediente ya fue digitalizado y, en caso de existir, si hay observaciones o documentación pendiente de presentación.
Para consultar el expediente de una pensión por invalidez o viudez en la Anses, es preciso ingresar a mi ANSES con el CUIL y la Clave de la Seguridad Social.

Para consultar el expediente de una pensión por invalidez o viudez en la Anses, es preciso ingresar a mi ANSES con el CUIL y la Clave de la Seguridad Social.

Requisitos para acceder a la pensión por invalidez 2026

En su portal oficial, la Anses destaca los requisitos para acceder a una pensión por invalidez:

  • Acreditar una incapacidad laboral del 66% o más, mediante el CMO.
  • Tener hasta 65 años de edad.
  • Ser argentino nativo, o naturalizado, residente en el país.
  • Si se es extranjero, se deberá acreditar una residencia mínima continuada en el país de 10 años.
  • En el caso de solicitantes menores de edad, son los padres o tutores quienes deben acreditar una residencia mínima continuada en el país de 3 años.
  • No cobrar jubilación ni pensión.
  • En caso de solicitantes menores de edad, los ingresos del grupo familiar no pueden superar las 4 jubilaciones mínimas.
  • Informe catastral con sello del organismo emisor a nombre del solicitante o de su cónyuge/conviviente. Si se es menor, a nombre de los padres o tutor (este requisito es solo para residentes en Santiago del Estero, Santa Cruz, San Luis, La Pampa, Neuquén o Tierra del Fuego).

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