Una falla mecánica frenó el viaje de una mujer y su sobrina en enero de 2024 cerca de Pomona. Por la demora demandó a la aseguradora y la Justicia falló a su favor.
Una mujer que viajaba en su vehículo desde Choele Choel hacia Viedma sufrió un desperfecto mecánico en la Ruta Nacional 250, cerca de Pomona. Eran las 5 de la tarde, en pleno enero. El calor era sofocante, la temperatura superaba los 40 grados.
En el rodado se trasladaba junto a su sobrina. Llamó a la empresa aseguradora, Mapfre Argentina Seguros SA, ya que su póliza incluía servicio de grúa las 24 horas. Desde la firma le informaron que el remolque demoraría aproximadamente cuatro horas.
A las pocas horas de espera, el vehículo quedó sin batería, lo que las obligó a permanecer sin aire acondicionado ni posibilidad de comunicación constante. Se comunicaron repetidamente con el número de la aseguradora, pero sin soluciones.
Recién cerca de las 8 de la mañana (del día siguiente), apareció el vehículo de remolque, cuando el sol ya volvía a levantar la temperatura sobre el asfalto. Así, las dos mujeres pasaron más de 15 horas dentro del auto, sin poder desplazarse, en un tramo desolado de la ruta y con escasa señal telefónica.
Sufrieron un tormento
Durante la noche permanecieron en el vehículo con las ventanillas abiertas para soportar el calor que aún a medianoche seguía siendo intenso. La sentencia destacó las condiciones climáticas extremas y la situación de vulnerabilidad que atravesaron, sin agua ni información precisa sobre la hora en que llegaría la asistencia.
La mujer realizó reiteradas llamadas al servicio de auxilio, pero solo recibía respuestas evasivas o nuevos plazos que nunca se cumplieron. Con posterioridad presentó una demanda en la Justicia por daños y perjuicios en la que reclamó una indemnización total de 5,4 millones de pesos por daño directo, $400 mil, daño mora, $2 millones y daño punitivo, por $3 millones.
La jueza Julieta Noel Díaz, del fuero Civil de Viedma que analizó el caso, consideró probado el incumplimiento contractual por parte de la aseguradora, al no brindar el servicio en tiempo y forma pese a ofrecerlo como disponible las 24 horas, los 365 días del año. Valoró además que la empresa no aportó los registros de las comunicaciones ni justificó la demora, lo que reforzó su responsabilidad.
Millonaria indemnización
El caso se resolvió mediante un proceso de tramitación simplificada, una modalidad prevista en el Código Procesal Civil, Comercial y de Minería de Río Negro para causas de baja complejidad, como las de consumo. Este procedimiento permite concentrar todo el debate en una única audiencia multipropósito, donde se producen las pruebas, se escuchan los alegatos y el juez o jueza puede dictar sentencia de forma oral o escrita en plazos abreviados. Su objetivo es agilizar los procesos y garantizar una respuesta judicial más rápida en conflictos que no requieren un trámite extenso.
La resolución consideró acreditado el daño moral derivado de la angustia, el desamparo y la incertidumbre que vivieron las ocupantes del vehículo durante toda la noche, expuestas al calor y a la oscuridad de la ruta. También ordenó una reparación ejemplificadora: $2.640.817 (daño moral- extrapatrimonial $1.140.817 y daño punitivo $1.500.000), más intereses. El total es de poco más de $5.2 millones.
La magistrada también dispuso que la aseguradora publique la decisión en un medio digital, como medida disuasiva frente a prácticas que vulneran los derechos de las y los consumidores.
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