El insólito hecho derivó en una denuncia por parte del trabajador que llevaba poco tiempo en la empresa.
Un caso insólito llegó a los tribunales laborales porteños luego de que un trabajador fuera despedido de la empresa, por retirar sin autorización una caja navideña que era para una compañera. El insólito hecho derivó en un fallo judicial.
El conflicto comenzó -en marzo del 2023 - en una firma de logística de la Ciudad de Buenos Aires. El empleado, con menos de un año de antigüedad, fue desvinculado tras ser acusado de apropiarse de una caja de productos entregada por el sindicato con motivo de las fiestas. Las cámaras de seguridad registraron el momento exacto en que retiró el paquete, que pertenecía a otra trabajadora.
En su defensa, el hombre sostuvo que actuó con el permiso de un delegado sindical, ya que la destinataria había olvidado pasar a buscar su obsequio. Y dijo que sería ilógico intentar robar algo en un espacio controlado por cámaras. Sin embargo, esa versión fue desmentida durante el juicio: el delegado negó haber autorizado la entrega y aclaró que cada caja correspondía a un beneficiario determinado, sin posibilidad de sustitución.
El empleado también sugirió que la causa del despido era otra. Recordó que poco después de su ingreso, reportó el robo de un vehículo de la empresa, lo que habría generado desconfianza en sus superiores. Según él, el episodio de la caja fue solo un pretexto para concretar una decisión que ya estaba tomada.
El empleado fue captado por las cámaras retirando una caja navideña ajena, lo que derivó en su despido inmediato.
La Justicia consideró probada la “pérdida de confianza”
La carta documento que notificó su despido fue clara: la empresa lo acusó de “sustracción y apropiación indebida” y fundó su decisión en la pérdida de confianza. En primera instancia, el juez rechazó la demanda del trabajador por despido injustificado, al considerar que la injuria laboral estaba debidamente acreditada.
El tribunal valoró que el propio empleado reconoció haber retirado el paquete que no le pertenecía, aunque no pudo demostrar haber tenido autorización. Esa falta de prueba fue determinante. El juez destacó que, si bien el valor económico del objeto era bajo, el hecho vulneraba los deberes de buena fe, diligencia y fidelidad exigidos por la ley laboral.
El fallo también ordenó a la empresa abonar una diferencia menor en la liquidación final, ajustada por el Índice de Precios al Consumidor (IPC), pero descartó toda indemnización adicional. Para el magistrado, el comportamiento del trabajador resultó incompatible con el nivel de confianza requerido en su puesto.
La Cámara del Trabajo confirmó la sentencia
La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo revisó el caso y coincidió con el criterio de la instancia anterior. Los jueces concluyeron que la pérdida de confianza estaba plenamente justificada, ya que la conducta irregular se produjo durante los primeros meses de empleo, un período clave para la evaluación del desempeño.
El tribunal resaltó que el empleador no contaba con antecedentes positivos suficientes que permitieran atenuar el impacto del hecho. Por el contrario, existían menciones previas sobre movimientos sospechosos de mercadería y dificultades operativas, lo que reforzó la decisión empresarial.
La sentencia explicó que la ruptura del vínculo laboral es válida cuando la confianza se ve afectada de forma irreversible, incluso si el perjuicio económico es mínimo. También precisó que no correspondía el pago de la indemnización adicional del artículo 80 de la Ley de Contrato de Trabajo, ya que la empresa cumplió con la entrega del certificado de servicios.
El fallo concluyó que, en contextos de breve antigüedad y antecedentes dudosos, la apropiación de la caja navideña constituye una falta grave suficiente para justificar el despido. De este modo, el tribunal confirmó que la decisión de la empresa fue legítima y que la confianza, una vez quebrada, no puede restablecerse en el ámbito laboral.
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