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La Mañana cepo cambiario

Vuelve el cepo cambiario para algunas operaciones con el dólar: de qué se trata la medida

La medida busca frenar rulos ante la incipiente brecha cambiaria que se había formado entre los diversos mercados.

Este viernes al mediodía se conoció una nueva disposición del Gobierno Nacional. A través del Banco Central de la República Argentina (BCRA) se informó que se volverá a aplicar una de las medidas del cepo: los compradores de dólar oficial no podrán operar en los financieros.

El BCRA reinstauró así la restricción cruzada, que impone un plazo de 90 días en los que los compradores de dólar oficial no pueden operar con liquidación o MEP y viceversa.

La medida es para frenar los "rulos del dólar", ante la incipiente brecha cambiaria que se había formado entre los diversos mercados. Esto se da en una jornada donde el dólar oficial cotiza a $1350 en Banco Nación y el dólar MEP opera a $1398,30.

Cabe recordar que las restricciones cruzadas para las personas físicas se habían eliminado desde el 14 de abril, cuando el Gobierno anunció el levantamiento del cepo al dólar.

Qué dice el comunicado del BCRA

A través de la Comunicación “A” 8336 se modifica las normas cambiarias. Según se precisa, la restricción que introdujo el directorio de la entidad que conduce Santiago Bausili no es desconocida para los operadores y ahorristas locales: supo estar vigente durante los últimos episodio de controles de cambio, la era de “cepo cambiario”.

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La autoridad monetaria publicó este viernes la Comunicación “A” 8336 que modifica las normas cambiarias. La restricción que introdujo el directorio de la entidad que conduce Santiago Bausili no es desconocida para los operadores y ahorristas locales: supo estar vigente durante los últimos episodio de controles de cambio, la era de “cepo cambiario”.

Según detalla Infobae, esta medida es conocida como “restricción cruzada”, y lo que hace es impedir a las personas que compran dólares en el mercado oficial volcar esas divisas en las plazas financieras del dólar MEP y el dólar contado con liquidación durante 90 días.

La restricción se aplica en ambas direcciones: quienes operen con dólar MEP y contado con liqui quedarán inhabilitados para recurrir al mercado cambiario oficial por el mismo período de 3 meses. Esto ya regía para personas jurídicas, empresas, y ahora se aplica también a las personas.

“Las personas pueden comprar los dólares para ahorrar, lo que no pueden es ir a abastecer el dólar financiero con esos dólares. Esta medida busca evitar distorsiones en el mercado cambiario”, dijeron en el BCRA ante la consulta de Infobae.

Las medidas para frenar el "rulo" al dólar

El pasado 18 de septiembre, el Banco Central ya había dispuesto un nuevo paquete de restricciones que alcanzaba a directores, gerentes, grandes accionistas –y sus familiares– de bancos y empresas financieras habilitadas a operar en el mercado oficial.

El objetivo era desactivar el "rulo" que algunas compañías venían utilizando para cancelar deudas en el dólar contado con liquidación (CCL) a partir de divisas adquiridas por "personas humanas", maniobra que había sido anticipada por Ámbito.

Con esa medida se estableció que quienes accedan al Mercado Libre de Cambios (MLC) no pueden comprar dólares en el CCL durante los tres meses posteriores.

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