Admitió que abusó de una niña de su familia y va 6 años a la cárcel
Un neuquino fue condenado a seis años de prisión efectiva por haber abusado de una niña de su entorno familiar. La pena fue dictada a través de un acuerdo de partes en la que el abusador admitió los hechos ocurridos durante dos años en una vivienda del barrio Confluencia de Neuquén capital.
En una audiencia de procedimiento abreviado realizada hoy en la Ciudad Judicial, la fiscal del caso Silvia Moreira presentó un acuerdo al que arribó con la abogada defensora de Y.R.R. que implicó el reconocimiento de su autoría en los hechos y la imposición de la pena de 6 años de prisión efectiva.
En este sentido, la representante del Ministerio Público Fiscal detalló que los hechos ocurrieron entre septiembre de 2015 y septiembre de 2017, cuando "Y.R.R. abusó sexualmente de una niña de su entorno familiar, de forma continuada, en una vivienda ubicada en el barrio Confluencia de la ciudad de Neuquén".
Por ello, se acordó que el acusado fue declarado penalmente responsable por los delitos de abuso sexual con acceso carnal en concurso real con abuso sexual simple –continuado-, todo en carácter de autor; y que la pena a cumplir sea de 6 años de prisión de efectivo cumplimiento.
"Para que se pueda realizar el acuerdo, el acusado reconoció su participación en los hechos y aceptó cumplir la pena", indicaron desde fiscalía y también aclararon que "la víctima estuvo a favor de que el caso se resuelva con la imposición de la pena acordada". Es que, si bien la víctima era una niña al momento de los hechos, ahora es mayor de edad y pudo prestar su conformidad en persona. Por consiguiente no intervino la querella institucional.
Tras escuchar a las partes, el juez de garantías a cargo de la audiencia homologó el acuerdo al que arribaron las partes y condenó a Y.R.R. ( (de quien se preserva la identidad para evitar la identificación de la víctima y de su círculo cercano) a la pena 6 años de prisión de cumplimiento efectivo. Además, el magistrado ordenó la inscripción del condenado en el Registro de Identificación de Personas Condenadas por Delitos contra la Integridad Sexual (RIPeCoDIS).
Por último, teniendo en cuenta que las partes renunciaron a los plazos recursivos, el acusado deberá comenzar a cumplir la pena de forma inmediata.
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